Decretos de Nueva Planta: Centralización y Reformas Borbónicas en la España del Siglo XVIII

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Los Decretos de Nueva Planta

Al iniciarse el siglo XVIII en España, el poder del rey variaba según las regiones. Algunas poblaciones y regiones castellanas conservaban fueros o privilegios de carácter local. En la Corona de Aragón, el poder real estaba limitado por las instituciones y fueros del reino; las Cortes podían impedir la aprobación de tributos o la leva de soldados. El Conde Duque de Olivares, valido de Felipe IV, intentó uniformizar los reinos bajo las leyes de Castilla, pero enfrentó una fuerte oposición en los territorios no castellanos.

El inicio de la Guerra de Sucesión entre el archiduque Carlos de Austria y Felipe de Anjou llevó a los reinos de la Corona de Aragón a apoyar al austriaco, temiendo el centralismo de los Borbones. Sin embargo, territorios forales como Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya apoyaron a Felipe de Anjou. Durante la contienda, Felipe V firmó los Decretos de Nueva Planta el 29 de junio de 1707, suprimiendo los fueros de Aragón y Valencia. En 1715 se suprimieron en Mallorca y en 1716 en Cataluña, perdiendo sus instituciones propias como las Cortes y la Generalitat. Estos decretos eliminaron los fueros e instituciones de la Corona de Aragón, que pasaron a ser gobernados por las leyes castellanas, más favorables a la intervención real. El decreto más estricto fue el de Valencia, que suprimió incluso el derecho civil. Solo Navarra y el País Vasco conservaron sus fueros por su apoyo a Felipe V.

Reformas Administrativas y Centralización del Poder

Las reformas de Felipe V no se limitaron a la centralización institucional, sino que también buscaron racionalizar el poder, reemplazando gradualmente las instituciones de los Habsburgo.

La principal reforma fue la reducción de la importancia de los consejos. Felipe V articuló el poder centralista mediante la dualidad de los decadentes consejos y las Secretarías de Despacho, creadas en 1721 para Justicia, Hacienda, Guerra, Marina e Indias. Esta estructura, precursora del Consejo de Ministros, garantizaba el control del rey, ya que las iniciativas de los secretarios requerían su aprobación.

La centralización también se reflejó en la administración territorial. Se eliminaron los virreinatos (excepto en América) y se dividió el territorio en capitanías generales, gobernadas por capitanes generales con jefatura militar y competencias judiciales al presidir las Audiencias. Se introdujo el cargo de intendente, de inspiración francesa, con amplios poderes para recaudar impuestos y dinamizar la economía, controlando autoridades locales, impulsando el desarrollo agrícola, ganadero e industrial, y realizando censos y mapas.

Reorganización de la Hacienda

La nueva administración buscó que todos los habitantes, incluidos los privilegiados, pagasen impuestos en relación a su riqueza. En los territorios de la Corona de Aragón se implantaron el equivalente y la talla en Valencia, la única contribución en Aragón y el catastro en Cataluña. Se establecía una cuota fija a repartir proporcionalmente entre los habitantes. El éxito del catastro en Cataluña fue evidente, recaudando más de forma ágil y menos gravosa. Se intentó extender este sistema a toda España con el Catastro de la Ensenada en 1749, pero la resistencia de los privilegiados lo impidió.

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