Cuanto duran en su cargo los diputados federales

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Artículo 30:
 La Constitución no puede modificarse por el procedimiento ordinario para la Sanción de leyes, sino que su reforma total o parcial debe efectuarse por un Organismo especial cuyo objeto es exclusivamente analizar y decidir la reforma. Este organismo se denomina Convencíón Constituyente. Esto marca la diferencia Entre una ley ordinaria y la Constitución. El fin del mismo es para evitar que La Constitución pueda reformarse sin la necesaria reflexión. Con este criterio Decimos que la Constitución Argentina es rígida. Este artículo establece el procedimiento para reformar la Constitución en dos Etapas: 1 Etapa “pre constituyente”: Donde el Congreso debe declarar la necesidad de la Reforma. Para que tal decisión sea aprobada, es necesaria que cada una de Las Cámaras del Congreso lo resuelvan así por el voto de las dos terceras Partes de sus miembros. 2 Etapa Constituyente: Comienza con la integración de la Convencíón Constituyente. En este artículo no Se especifica de qué modo debe elegirse a sus integrantes, pero la costumbre ha Impuesto la norma segúnla cual los Convencionales constituyentes se eligen de la misma manera que los diputados Nacionales
Artículo 41: Todos los habitantes gozan del derecho a un Ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las Actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer Las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo Establezca la ley.

Las autoridades proveerán a la protección de Este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la Preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y A la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nacíón dictar las normas que Contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las Necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones Locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional De residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
Mediante el artículo 41 se establecieron Principios acerca el derecho ambiental, para su mejor explicación, lo dividiré en Tres.
El primer párrafo habla acerca de los derechos Y las obligaciones de los habitantes presentes y de los habitantes de Generaciones futuras en relación al ambiente.
El ambiente debe ser dirigido a la Trascendencia del hombre, debe ser apto para que el humano pueda desarrollarse Y progresar. Y esto no es posible si no se hace de la mano de la Responsabilidad.
Dentro de la búsqueda del desarrollo y el Progreso, el hombre debe asegurarse de mantener y preservar en las actividades De producción la capacidad del ambiente para poder satisfacer las necesidades Presentes y no contribuir a estropear las de los hombres del mañana. 
El segundo párrafo establece las obligaciones Del Estado. El mismo deberá conocer los recursos para poder determinar la Razonabilidad de su uso, para así evitar daños y lograr una buena utilización De los mismos. Además, el Estado deberá proveer a la Preservación del patrimonio natural (paisajes, restos fósiles) y patrimonio Cultural (obras, desarrollos urbanísticos y arquitectónicos, o algún otro Elemento distintivo de los pueblos) ya que estos tienen un valor muy importante En la sociedad.
Por último, el Estado debe encargarse de Proveer información a la población, con el efecto de que la misma quede Notificada acerca de posibles problemas ambientales; también proveer educación Ambiental, tanto formalmente (en todos los niveles educativos) como Informalmente (a través de los medios).
El tercer párrafo, hace referencia a la Legislación y a las atribuciones de los distintivos niveles de gobierno en Cuanto a la legislación ambiental. Corresponde a la Nacíón dictar leyes de base Con presupuestos mínimos necesarios que aseguren una igualdad de condiciones de Protección a todos los habitantes de la Nacíón, cualquiera sea el lugar donde Estos se encuentren.Y queda a cargo de Los gobiernos provinciales y locales la responsabilidad de establecer normas Vinculadas a la preservación ambiental.
Y por último, en el artículo, se expresa la Prohibición de ingresar al territorio nacional residuos actual o potencialmente Peligrosos y residuos radioactivos. 

Artículo 51:


Anteriormente, en el Artículo 49, analizamos que para la primera elección de los diputados Nacionales cada provincia dispusiese la forma de hacerla efectiva. A partir de Ello, el Congreso dictaría una legislación uniforme. 
Las leyes nacionales (Código Nacional Electoral y leyes complementarias) establecen que primero Deben realizarse las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). Una vez elegidos los candidatos a diputados, los partidos políticos Solicitan al juez electoral la oficialización de las listas para participar en Las elecciones generales. Concluido el acto electoral, se hace el escrutinio, Para lo cual se abren las urnas y los sobres, se cuentan los votos y con su Resultado se labra un acta que se remite con la urna y los sobres a la junta Electoral, donde se hace el escrutinio definitivo y se proclama a los electos. (El sistema electoral establece que para los diputados serán elegidos a “simple Pluralidad de sufragios”, es decir, los cargos serán asignados según quien tenga Más votos en el distrito. 
En Argentina el sistema Que se aplica desde 1963 es el de representación proporcional, según el método Ideado por el matemático belga Víctor D’ Hondt. Según este sistema, el número De cargos que obtiene cada partido está en la misma proporción que el número de Votos que obtuvo.
De acuerdo al sistema Republicano, los diputados tienen un plazo establecido para ejercer su cargo. Para nuestra Constitución, al igual que el mandato del presidente y Vicepresidente de la Nacíón, el de los diputados es de cuatro años, aunque Existen diferencias. La Cámara de Diputados se renueva parcialmente cada dos Años; la mitad de los diputados de cada distrito son cambiados. Los mismos Pueden ser reelegidos en forma inmediata sin límite de mandatos.
En el caso que se produzca una vacante (sea cualquiera Su causa), se eligen diputados suplentes. El orden para cubrirla es el Siguiente; se comienza por los candidatos titulares que no asumieron (por Ejemplo, si un partido obtuvo cinco bancas, en caso de vacante asumiría el Número seis de la lista que sería el siguiente en votos). Concluida la lista de Titulares, sigue la de los suplentes. Todo aquel reemplazante completaría el Mandato del diputado al que sustituye, nunca se renueva el plazo, sino que continúa Con el del mandato anterior.
Capítulo segundo del Senado.
Artículo 54:

    El Senado representa a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cada una de ellas designa tres senadores (dos por la lista que Obtuvo más votos y uno por la siguiente) con un mandato de seis años, lo que Determina que el Senado esté compuesto por 72 senadores. Hasta la reforma de 1994, el número de senadores era de dos por cada provincia y dos por la Capital. Hasta el año 2001, los senadores eran designados por las legislaturas Provinciales y por electores en la Capital Federal, es decir que su elección Era indirecta. En la actualidad, la elección es directa, como se aplica para Elegir a los diputados nacionales y al presidente y el vicepresidente de la Nacíón. En la elección directa los ciudadanos votan por los candidatos, con la Sola intermediación de los partidos políticos que son los que proponen a los Candidatos para los cargos electivos.   

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