Críticas a la Jurisprudencia de Intereses y Evolución hacia la Jurisprudencia de Valoraciones

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Críticas a la Jurisprudencia de Intereses

A) ¿Por qué decimos que el concepto de interés que maneja la Jurisprudencia de Intereses es contradictorio?

Las críticas a la Jurisprudencia de Intereses (JI) se han centrado en los siguientes puntos fundamentales:

  • Concepto contradictorio de interés:
    • Es contradictorio atendiendo a las múltiples acepciones que manejan los miembros de esta escuela.
    • Es contradictorio porque atiende a los intereses como factores que causan las leyes, pero estos intereses, a su vez, son los resultantes de otros intereses culturales, religiosos, materiales, etc.
    • Es contradictorio porque, si los intereses con que el legislador se ha encontrado son las causas del precepto legal, entonces esas causas hay que descubrirlas para comprender los preceptos en cuanto que son efectos suyos. Sin embargo, resulta que hablamos de intereses justamente a partir de la obra del legislador y no antes. Es decir, los intereses no producen normas, sino que son las normas las que engendran, en última instancia, los intereses.
  • Ambigüedad del término interés: La JI considera que esta ambigüedad es ventajosa, puesto que propicia que las decisiones judiciales encuentren el marco deseado para sentenciar con casi absoluta libertad.

Jurisprudencia de Valoraciones

La Jurisprudencia de Valoraciones es una evolución de la Jurisprudencia de Intereses, ya que entiende que esta última ignoraba los criterios de orden que engendran los valores. Actualmente, la Jurisprudencia de Valoraciones considera la jurisprudencia como una aplicación de las valoraciones legales, pero sin que los intereses particulares intervengan en estos valores.

El juez debe orientarse por las pautas de valoración establecidas en la Constitución, así como en el restante orden jurídico, siempre que sean cognoscibles con claridad y posibiliten una resolución por el ethos jurídico dominante. El margen de libre resolución, al ser llenado de contenido mediante las decisiones valorativas judiciales, convierte la misma aplicación del Derecho en un factor de evolución histórica.

Crítica a la Jurisprudencia de Valoraciones

A modo de breve crítica, podemos decir que la Jurisprudencia de Valoraciones plantea, al menos, tres problemas:

  1. La dificultad de descubrir los valores del Ordenamiento.
  2. La falta de jerarquización de dichos valores.
  3. La posibilidad de que se produzcan conflictos entre distintos valores.

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