Las Cortes de Cádiz y el Nacimiento del Liberalismo Español
Enviado por Chuletator online y clasificado en Historia
Escrito el en
español con un tamaño de 3,39 KB
La labor legislativa de las Cortes de Cádiz
La otra cara de la Guerra de la Independencia la constituye la labor de las Cortes de Cádiz. Estas fueron convocadas en 1810 por la Regencia, que sustituyó a la Junta Central Suprema. El objetivo principal era crear una monarquía liberal y parlamentaria, fundamentada en una serie de decretos y en la primera Constitución española de 1812.
Composición y perfil de los diputados
Las Cortes estaban formadas por diputados de diferentes tendencias ideológicas: absolutistas, liberales e intermedios. Aunque hubo representantes de los antiguos estamentos privilegiados, la mayoría de los diputados que influyeron decisivamente en la legislación provenían de:
- Clases medias urbanas.
- Servidores del Estado (militares, magistrados, funcionarios).
- Profesiones liberales y actividad mercantil (banqueros).
La ruptura con el Antiguo Régimen
La obra legislativa de las Cortes de Cádiz supuso una doble tarea paralela para romper con los principios del Antiguo Régimen:
- Soberanía nacional: El pueblo decidía quién debía gobernar, eliminando el origen divino del poder.
- Igualdad ante la ley: Fin de la sociedad estamental mediante la Ley de Señoríos, aboliendo los señoríos jurisdiccionales.
- Transformación económica: Derogación de los gremios y supresión de la Mesta para establecer la libertad de comercio e industria.
- Derechos y libertades: Libertad de prensa, fin de la tortura y de la Inquisición, y desamortización de las tierras del clero.
La Constitución de 1812: "La Pepa"
El 23 de diciembre de 1810 se creó la comisión encargada de elaborar un proyecto constitucional tras un intenso debate sobre el modelo de monarquía y Estado. Finalmente, el 19 de marzo de 1812 se promulgó la primera Carta Magna española.
Fundamentos constitucionales
Dentro de sus 384 artículos, destacaron los siguientes pilares:
- Monarquía constitucional parlamentaria: Bajo una idea de nación unitaria.
- Soberanía nacional: El poder reside en la nación.
- Sufragio universal masculino: Aunque limitado para ser elegido, ya que los candidatos debían poseer rentas propias.
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes unicamerales con derecho a veto del rey.
- Ejecutivo: Rey y ministros.
- Judicial: Jueces independientes e imparciales.
- Confesionalidad del Estado: La religión católica como única aceptada.
- Otros aspectos: Defensa de la propiedad privada, libertad económica y creación de la Milicia Nacional.
El fin del proyecto y su legado
A pesar de los esfuerzos, la Constitución no duró más de dos años. Cuando Fernando VII regresó al trono en 1814, restauró la monarquía absoluta. Sin embargo, su creación no fue en vano, pues sembró la semilla de la disconformidad que llevaría al pueblo español a buscar el progreso e influiría en las constituciones posteriores.