Cortes de Cádiz (1810–1813): Constitución de 1812, reformas políticas y medidas sociales
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Cortes de Cádiz (1810–1813): contexto y funcionamiento
Las Cortes de Cádiz (1810–1813). El Consejo de Regencia realizó la convocatoria a finales de enero de 1810. Su apertura tuvo lugar el 24 de septiembre. Reunieron a todos los diputados o representantes llegados de los diversos puntos de España en una única asamblea. Las Cortes funcionaron hasta septiembre de 1813.
El número de diputados sobrepasó holgadamente los 200. La mayoría eran clérigos, abogados, funcionarios o militares. Hubo escasa presencia de nobles y miembros del alto clero. La clase media urbana fue la verdadera protagonista de las Cortes.
Tendencias ideológicas
En las Cortes gaditanas los diputados pertenecían a tres grupos ideológicos:
- Liberales: partidarios de la aplicación de reformas revolucionarias y de conceder la soberanía sólo a las Cortes; destacó Argüelles.
- Renovadores: abogaban por una reforma del sistema político basada en un compromiso entre nación y Cortes (Rey-Cortes conjuntamente); querían reformar pero sin romper con la tradición.
- Absolutistas: llamados despectivamente «serviles» por sus adversarios, pretendían la vuelta al Antiguo Régimen.
Tipos de medidas aprobadas
En las Cortes se aprobaron dos tipos de medidas revolucionarias: unas de carácter político, cuyo resultado principal fue la Constitución liberal de 1812, y otras de carácter social, cuyo objetivo era erradicar la sociedad estamental.
La Constitución de 1812
La Constitución de 1812, la obra más importante de las Cortes de Cádiz, fue la primera ley fundamental aprobada por un parlamento nacional en la historia de España. Las Cortes constitucionales la aprobaron el 19 de marzo de 1812. Sus principios básicos son:
- Soberanía nacional: el poder político pertenecía a la nación española en su conjunto, incluidos los habitantes de las colonias.
- División de poderes: el poder legislativo fue confiado a unas Cortes unicamerales, el ejecutivo al rey y sus ministros, mientras que el judicial quedó depositado en los tribunales.
- Límites al monarca: el monarca no podía disolver las Cortes y solo poseía un derecho de veto suspensivo transitorio durante dos años sobre las leyes aprobadas en las Cortes.
- Reconocimiento de derechos individuales: libertad de imprenta, derecho de propiedad, inviolabilidad de domicilio y derecho a la educación, entre otros.
- Igualdad ante la ley: se impuso en un doble plano: en el territorial se suprimieron todos los fueros y leyes que iban en contra de la Constitución; en el personal se estableció que unos mismos códigos y tribunales regirían para todos los españoles sin excepción.
- Milicia Nacional: se establecía una Milicia Nacional para garantizar el orden constitucional.
- Sufragio: sufragio universal masculino indirecto en cuatro grados; las mujeres no votaban y los electores no elegían directamente a los diputados en Cortes, sino a unos compromisarios o representantes que, a su vez, se encargaban de designarlos.
- Religión oficial: el catolicismo era la religión oficial del Estado.
Medidas económicas y sociales
Las Cortes, además de la Constitución de 1812, aprobaron otras medidas de carácter económico y social que supusieron una ruptura total con el Antiguo Régimen y la sociedad estamental. Las más destacadas fueron:
- Desamortización: se realizó sobre las propiedades de los afrancesados, las de las órdenes militares disueltas, las de los conventos destruidos por la guerra y la mitad de las tierras municipales. Esto supuso la eliminación de los mayorazgos.
- Supresión del régimen señorial: se abolieron los derechos feudales y los señoríos jurisdiccionales; desde entonces los señores dejarían de administrar justicia y de percibir rentas.
- Libertad de trabajo y de contratos: esto suponía terminar con la autoridad de los gremios y la limitación del poder de la Mesta.
- Supresión de la Inquisición: esta medida fue recibida con hostilidad por gran parte del clero y suscitó fuertes protestas de varios obispos.
Aplicación e influencia
Tanto la Constitución como las medidas aprobadas en las Cortes de Cádiz apenas llegaron a aplicarse a causa de la guerra y de los cambios políticos posteriores. No obstante, en las décadas siguientes la Constitución y las reformas aprobadas fueron el referente fundamental de los liberales españoles.
La Constitución de 1812 también tuvo una gran repercusión e influencia fuera de nuestras fronteras.