Convención Colectiva de Trabajo: Alcance, Principios y Efectos Legales
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La Convención Colectiva de Trabajo: Fundamentos y Alcance
La Convención Colectiva de Trabajo es un acto jurídico plurilateral que busca establecer una situación jurídica objetiva, conformada por condiciones de trabajo que deben ser observadas durante el desarrollo de todas las relaciones individuales de trabajo.
Todos los beneficios obtenidos en la Convención Colectiva pasan a formar parte del contrato individual de trabajo, convirtiéndose en ley entre las partes. Lo que se crea en la convención colectiva son condiciones de trabajo que se integran al contrato individual, estableciendo así la relación fundamental entre el derecho individual del trabajo y el derecho colectivo del trabajo.
Principios Fundamentales de la Convención Colectiva
Principio Expansivo (Art. 432 LOTT)
Este es el principio más importante de la convención colectiva. Se aplica incluso si un trabajador labora en una sucursal de la empresa ubicada en otro lugar; la convención colectiva se extiende hasta allí y ampara a estos trabajadores.
Principio de Envoltura
Este principio contiene todas las cláusulas de la convención de trabajo, incluyendo su duración, cómo va a terminar y cómo se va a renovar. No se limita solo a las cláusulas económicas, sino que abarca todo lo relevante a la convención. (Nota: Este es un punto clave para el entendimiento de la materia).
Naturaleza y Elementos de la Convención Colectiva
Por su Efecto
La convención colectiva es una fuente del Derecho Objetivo.
Elemento Normativo
Es el conjunto de normas que, según la voluntad de las partes, rigen la relación laboral entre el patrono y los trabajadores amparados por la convención colectiva.
La Convención según Carnelutti
Según Carnelutti, la convención colectiva es un cuerpo híbrido porque posee la estructura de un contrato y el espíritu de una ley, constituyéndose en derecho objetivo.
Efectos de la Convención Colectiva
Artículo 432 de la LOTT (Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras)
Las estipulaciones de la convención colectiva de trabajo se convierten en cláusulas obligatorias y en parte integrante de los contratos individuales de trabajo celebrados o que se celebren durante su vigencia en el ámbito de aplicación de la convención, aun para aquellos trabajadores que no sean integrantes de la organización sindical. Las estipulaciones de las convenciones beneficiarán a todos los trabajadores de la entidad de trabajo, aun cuando ingresen con posterioridad a su celebración.
Excepción: Esto no aplica a los representantes del patrono a quienes les corresponde autorizar y participar en su discusión, salvo disposición en contrario de las partes.
Cuando una entidad de trabajo tenga departamentos o sucursales en localidades o jurisdicciones distintas, la convención colectiva que celebre con la organización sindical que represente a la mayoría de sus trabajadores, se aplicará a todos los departamentos o sucursales.