Contratos de Obras Públicas: Conceptos, Licitación y Adjudicación
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1. Concepto de contrato de obras
Un contrato de obras tiene por objeto la construcción de un bien de naturaleza inmueble o los trabajos que modifiquen la forma o la sustancia del suelo o del subsuelo, así como las labores de reforma, reparación, conservación o demolición de los mismos.
2. Actuaciones precisas para la licitación y adjudicación
2.1. Elaboración, supervisión, tramitación, aprobación y replanteo del proyecto
El proyecto de obras es elaborado por la Administración o, excepcionalmente, por el contratista en su oferta. Este documento es exigible para obras con un presupuesto superior a 350.000 euros; para contratos menores, se permite una documentación simplificada conocida como Memoria Valorada.
- Redacción: Elaborada por un consultor. Excepcionalmente, el contratista puede redactar el proyecto basándose en un anteproyecto de la Administración.
- Supervisión: Los proyectos superiores a 350.000 euros deben pasar por las Oficinas de Supervisión de Proyectos (OSP). Si el informe es desfavorable, se deben corregir los errores detectados.
- Replanteo: Permite verificar la realidad física del terreno y el encaje de la obra, así como la viabilidad de su inicio. No es necesario que la totalidad de los terrenos estén expropiados en esta fase. Tras la comprobación, se levanta el acta correspondiente.
2.2. Tramitación del expediente de contratación
Para la tramitación del expediente, se requiere:
- Documentación técnica: Proyecto con informe favorable de la OSP, resolución aprobatoria y acta de replanteo.
- Certificado de existencia de crédito: Es indispensable acreditar la disponibilidad presupuestaria. Si el gasto afecta a ejercicios futuros, debe existir un compromiso de crédito plurianual.
- Fiscalización del objeto: Realizada por los servicios de auditoría interna, quienes revisan el contrato, el precio y el pliego de cláusulas.
Una vez obtenido el visto bueno, el órgano de contratación procede a la aprobación del PCAP (Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares), aprueba el expediente y abre el procedimiento de adjudicación.