Contratos de Trabajo en España: Tipos, Duración y Derechos Laborales

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Conceptos Clave en la Relación Laboral

Trabajador

Persona física que desempeña su labor voluntariamente bajo la organización y dirección del empresario, cediendo los frutos de su trabajo a cambio de un salario.

Empresario

Persona física, jurídica o comunidad de bienes. Son personas físicas los empresarios individuales, y personas jurídicas las sociedades en sus diversas clases.

Duración del Contrato de Trabajo

El contrato podrá concertarse por tiempo indefinido, cuando no se fija una fecha determinada para su finalización, o de manera temporal, cuando se realiza por una causa y duración determinada. Los contratos que no se ajusten a los supuestos anteriores y se realicen con carácter temporal, se considerarán realizados por tiempo indefinido.

Categorías Profesionales

Técnico Titulado

Categoría profesional asociada a la posesión de un título superior o medio.

Técnico no Titulado

Aquel que no tiene título profesional.

El Período de Prueba

Es un tiempo de duración determinado que pueden pactar el empresario y el empleado para que ambas partes comprueben la conveniencia de la contratación. Es un acuerdo escrito, que tiene que venir reflejado en el contrato del trabajador.

Duración del Período de Prueba

  • Técnicos titulados: Seis meses máximo.
  • Demás trabajadores: Dos meses máximo. En empresas de más de 25 trabajadores, no excede de 3 meses.

Derechos Durante el Período de Prueba

Durante el período de prueba se tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto de trabajadores y se debe estar dado de alta en la Seguridad Social, además de recibir el salario correspondiente al puesto. Todo pacto que se establezca en el período de prueba será nulo cuando ya se hayan realizado las funciones de la empresa. Durante este período, cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato sin necesidad de preaviso, y el trabajador no tendrá derecho a percibir indemnización.

Tipos de Contratos de Trabajo

El Estatuto de los Trabajadores establece que los contratos podrán concertarse, en función de su duración, por tiempo indefinido o por tiempo determinado, y en función de la duración de la jornada, a tiempo completo o parcial. Las empresas disponen de diversas modalidades de contratación para la incorporación de sus trabajadores, cada una de ellas con características y requisitos propios.

Contratos Indefinidos

  • Contrato ordinario

Son aquellos que no fijan una fecha determinada para su finalización.

Contratos Temporales

  • De duración determinada:
    • Contrato eventual por circunstancias de la producción.
    • Contrato de interinidad.
  • Formativos:
    • Contrato para la formación y el aprendizaje.
    • Contrato en prácticas.

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