Contratos de Trabajo y Derechos Laborales: Funcionamiento, Modalidades y Despidos

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Datos del Contrato y Condiciones Laborales

En los datos del contrato, deben figurar el lugar y la fecha, la identificación de las partes, el nombre del puesto y la categoría profesional, el lugar donde se realizará el trabajo y el convenio colectivo aplicable. Asimismo, se deben especificar las condiciones laborales, que incluyen la jornada, el horario de trabajo y su duración, la retribución, la duración de las vacaciones anuales, el plazo de preaviso, el periodo de prueba y la posibilidad de realizar horas extras.

Regulación del Periodo de Prueba

El periodo de prueba no se puede pactar si el trabajador ya ha sido contratado antes para las mismas funciones. Su duración se establece según el convenio colectivo. En el caso de los contratos en prácticas, dura un mes; si es un contrato temporal, tiene que durar menos de seis meses. Durante este tiempo, el trabajador tiene los mismos derechos, aunque lo pueden echar cuando les dé la gana (desistimiento empresarial sin causa).

Modalidades de Contratos de Trabajo

Existen diversas modalidades de contratos que se adaptan a diferentes necesidades:

  • Contratos formativos:
    • Formación en alternancia: Mínimo de tres meses y máximo de dos años; no hace falta título previo.
    • Contrato de prácticas: Requiere título de FP; duración mínima de seis meses y máxima de un año.
  • Contratos temporales: Por circunstancias de la producción o por sustitución.
  • Contrato indefinido: Puede ser fijo-discontinuo (alterna periodos de trabajo) o indefinido ordinario.
  • Otras modalidades: Contratos a tiempo parcial, contrato de relevo y de jubilación parcial.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y Teletrabajo

La ETT es una empresa que cede trabajadores a otra empresa usuaria, siendo la ETT quien se encarga de pagarles. Por otro lado, el teletrabajo debe representar más del 30 % de la jornada para que se considere como tal. Es de carácter voluntario y su contenido debe incluir:

  • Inventario de medios y equipos.
  • Enumeración de gastos y compensación económica.
  • Horario de trabajo y centro de trabajo asignado.
  • Medios de control empresarial.
  • Duración del acuerdo y plazo de preaviso.

Modificaciones y Movilidad en el Contrato

Las modificaciones del contrato incluyen la movilidad funcional, donde te pueden cambiar de puesto de trabajo. Si el cambio es fuera del grupo profesional, hablamos de ascensos y descensos, los cuales solo pueden ser temporales y deben estar debidamente justificados.

Movilidad Geográfica y Sustancial

La movilidad geográfica supone un cambio de centro de forma definitiva por más de un año en un periodo de tres. Ante esto, el trabajador puede aceptar, recurrir o extinguir el contrato. El desplazamiento, en cambio, es un cambio de centro de trabajo pero de carácter temporal.

Existen seis materias a rectificar bajo modificaciones sustanciales:

  1. La jornada.
  2. El horario.
  3. El régimen de trabajo a turnos.
  4. El sistema de retribución y la cuantía salarial.
  5. El sistema de trabajo y de rendimiento.
  6. La movilidad funcional extraordinaria.

Suspensiones y Extinción del Contrato

Suspensiones del Contrato

Las principales causas de suspensión son el nacimiento de un hijo o acogimiento de un menor de seis años, solicitar una excedencia por riesgo durante el embarazo, un ERTE y el cuidado de un menor de ocho años. Existen otras causas como la huelga, la baja médica (IT), la suspensión de empleo y sueldo, o ser víctima de violencia de género, entre otras.

Causas y Tipos de Despido

Las causas de despido disciplinario incluyen faltas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, abuso de confianza, disminución continuada en el rendimiento del trabajo, embriaguez o toxicomanía que afecte al trabajo, o por acoso. El trabajador dispone de 20 días hábiles para reclamar contra un despido.

Clasificación de los Despidos

  • Despido procedente: Existe una causa justa y el trabajador no cobra indemnización.
  • Despido improcedente: Se produce cuando no queda acreditado el incumplimiento del trabajador o porque la empresa no entregó la carta de despido correctamente. La empresa puede pagar una indemnización de 33 días de salario por año trabajado o readmitir al trabajador pagándole los salarios de tramitación.
  • Despido nulo: Ocurre cuando se produce una discriminación o violación de los derechos fundamentales del trabajador. El empresario tiene la obligación de readmitirlo y pagarle los salarios de tramitación.

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