El Contrato de Trabajo y la Prevención de Riesgos Laborales

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Responsabilidad Civil

Cuando la enfermedad profesional o accidente de trabajo con resultado dañoso tenga su causa en la imprudente o negligente actuación del empresario, este deberá abonar al trabajador la cuantía de daños y perjuicios que se le hayan causado por motivo del accidente.

Responsabilidad Penal

El tipo penal castiga a quien está legalmente obligado a salvaguardar la vida, salud e integridad física de los trabajadores y, sin embargo, no facilita los medios necesarios para que estos desempeñen su trabajo con seguridad y sin riesgos para su vida, salud e integridad física, consecuencia de lo cual se produce dicho riesgo.

Comité de Seguridad e Higiene

El Comité de Seguridad e Higiene (C.S.H.) es un órgano destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Existen en empresas con más de 50 trabajadores. Está formado por delegados de prevención y el empresario y sus representantes, en número igual.

Competencias:

  • Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de PRL.
  • Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva PRL proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o corrección de las deficiencias.

El C.S.H. está facultado para conocer directamente la situación relativa a la PRL, documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo, daños producidos en la salud y memoria anual.

Contrato de Trabajo

Características del Contrato de Trabajo

“Acuerdo de voluntades" en virtud de la cual el trabajador se compromete voluntariamente a prestar sus servicios dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, el empleador, y por su cuenta, a cambio de una remuneración del empresario.

  • Trabajo personal: Prestación de carácter personalísimo y no puede ser sustituido.
  • Trabajo prestado de forma voluntaria: Voluntariedad y prohibición de vínculos contractuales para toda la vida.
  • Trabajo subordinado o dependiente: Trabajar bajo el poder de organización, dirección y disciplina del empresario.
  • Trabajador por cuenta ajena: Los productos del resultado no pertenecen al que produce, sino al titular de los medios de producción en todo momento.

Quedan excluidos expresamente…

  • Los funcionarios, las prestaciones personales obligatorias, actividades que se limiten a títulos de amistad, benevolencia o buena amistad.
  • Trabajos familiares.

Tipos de Contrato

a) Contrato de Arrendamiento de Servicios

Una de las partes se obliga a prestar un servicio por cierto precio. Duración limitada en el tiempo, sin dependencia o subordinación. Fijando el precio de los servicios, ejemp. Abogado, etc. No hay obligación de resultados.

b) Contrato de Arrendamiento de Obra

Una de las partes se obliga a ejecutar una obra a otra por cierto precio. Albañil, fontanero, etc. Contrato a terminar la obra.

c) Contrato de Mandato

Un mandatario se obliga a prestar algún servicio o a hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra (mandante). El contrato se presume gratuito.

d) Contrato de Agencia

A través de contrato de agencia se contrata la prestación de servicios como mediador que promueve para otras personas operaciones mercantiles (delegado comercial).

Fuentes Reguladoras de la Relación Laboral Individual

Son los instrumentos que regulan los derechos y obligaciones entre el empresario y trabajador.

Ordenados por jerarquía:

  1. Constitución Española
  2. Normas comunitarias…
  3. La empresa puede otorgar al trabajador mejores condiciones que el convenio dispone.

Convenio Colectivo

Pacto específico, escrito entre representante de trabajadores y empresarios. Es el resultado del reconocimiento constitucional del papel de los sindicatos de los trabajadores y las organizaciones empresariales. La constitución otorga a estos el derecho a la negociación colectiva.

Convenio Colectivo: pacto escrito que se alcanza tras un proceso de negociación entre una empresa y la representación colectiva de los trabajadores (unitaria o sindical) con la finalidad de regular los derechos y obligaciones del empresario y del trabajador que se integran en el contenido del contrato de trabajo. Los convenios se complementan con los derechos reconocidos en las leyes y pueden mejorarlos.

Contrato de Trabajo

Características del Contrato de Trabajo

“Acuerdo de voluntades" en virtud de la cual el trabajador se compromete voluntariamente a prestar sus servicios dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, el empleador, y por su cuenta, a cambio de una remuneración del empresario.

  • Trabajo personal: Prestación de carácter personalísimo y no puede ser sustituido.
  • Trabajo prestado de forma voluntaria: Voluntariedad y prohibición de vínculos contractuales para toda la vida.

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