En que contrato no es obligatoria la forma escrita

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  1. TEMA 2:


    1.El contrato de trabajo

    Se manifiesta la voluntad de las partes, y se puede definir como el acuerdo entre 2 personas,el trabajador se compromete a prestar servicios x cuenta ajena y el empresario,recibiendo a cambio una retribución.1

    .1.Los sujetos de la relación laboral


    -Trabajador:

    Mayor de 18 años.Menor de 18 años legalmente emancipado.Mayores de 16 y menores de 18 años,si viven independientes o si tienen autorización de los padres o tutores.Extranjero con permiso de trabajo y residencia.Menor de 16 años en espectáculos públicos con autorización judicial.-
    El empresario.Persona jurídica.Persona física.Mayor de 18 años.Menor de edad emancipado.Menor de edad a través de su representante legal.

    1.2.Elementos esenciales del contrato de trabajo


    Consentimiento

    El contrato se realiza de mutuo acuerdo,prestado libremente entre el empresario y trabajador.

    Objeto

    Es la prestación d servicios,q será remunerada mediante el salario.

    Causa

    Es la cesión d los frutos q resultan del trabajo y la retribución para el trabajador.

    1.3.Forma,contenido y duración del contrato de trabajo


    Forma

    El contrato de trabajo puede celebrarse x escrito o d palabra.De acuerdo con el Estatuto d los trabajadores,todos los contratos deberán constar x escrito excepto el contrato indefinido ordinario y el contrato eventual x circunstancias d la producción con una duración inferior a 4 semanas y a tiempo completo.

    Contenido mínimo del contrato d trabajo

    Lugar y fecha.Identificación d las partes.Denominación y categoría del puesto d trabajo.Lugar d trabajo.Tiempo de trabajo(jornada,horario,turno y trabajo nocturno).Duración,fecha de comienzo d la relación laboral y período d prueba,si lo hubiese.Retribución,salario base y complementos salariales.Vacaciones.Plazo de preaviso q deben respetar ambas partes en caso d rescisión del contrato.Convenio colectivo q regula la relación laboral.Otras cláusulas q no vayan en contra de la ley.Firma d las partes.

    Duración del contrato

    Podrá concertarse x tiempo indefinido,cuando no se fija fecha determinada para su finalización,o de manera temporal,cuando se realiza x causa y duración determinada.

    1.4.El período d prueba

    Es un tiempo de duración determinado q pueden pactar el empresario y el empleado al objeto d q ambas partes comprueben la conveniencia d la contratación.

    Duración

    Si no está regulado en los convenios colectivos,la duración máx del periodo d prueba no podrá exceder d estos plazos:Para los técnicos titulados(6 meses).Para los demás trabajadores(2 meses).En las empresas d menos de 25 trabajadores el periodo d prueba no podrá exceder d 3 meses;esto quiere decir q si hubiera un convenio aplicable estableciendo una mayor duración del periodo d prueba para los trabajadores no titulados,tal periodo no podría exceder d 3 meses.

    Derechos

    Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones q el resto d los trabajadores de plantilla y ha de estar dado de alta en la Seguridad Social, así como percibir el salario q corresponda al puesto d trabajo q desempeñe.Cualquiera d las partes puede dar x finalizado el contrato sin necesidad de preaviso,no teniendo el trabajador derecho a percibir ninguna indemnización.

2. Tipos de contratos.2.1.Contratos indefinidos


Son aquellos q no fijan una fecha determinada para su finalización.Aquellos contratos en los q concurra alguna d las siguientes circunstancias:- Q el trabajador no hubiera sido dado d alta en la Seguridad Social,una vez transcurrido un plazo igual o superior al q legalmente hubiera podido fijar para el periodo d prueba establecido para la actividad d q se trate.- Q no se hubiesen observado las disposiciones sobre la exigencia de forma escrita en aquellos contratos q lo requieran para su validez.- Los contratos celebrados en fraude d ley,x ejem,contratos pactados a tiempo determinado cuando es necesidad permanente.

Fomento d la contratación indefinida

Tiene x finalidad la colocación d colectivos específicos afectados x el desempleo y la inestabilidad laboral incluidos en uno d los siguientes grupos:

Trabajadores desempleados en quienes concurra alguna d las siguientes condiciones

- Jóvenes desde 16 hasta 30 años d edad,ambos inclusive.- Mujeres desempleadas cuando se contraten para prestar servicios en profesiones u ocupaciones con menor índice d empleo femenino.- Mayores de 45 años d edad.- Parados q lleven,al menos,6 meses inscritos como demandantes d empleo.- Minusválidos.- Trabajadores en situación d exclusión social.- Víctimas d violencia d género.Los contratos para el fomento d la contración indefinida tienen las siguientes carácterísticas:El contrato se concertará x tiempo indefinido y se formalizará x escrito.Si el contrato se extingue x causas objetivas,y la extinción es declarada improcedente,la cuantía d la indemnización será de 33 días d salario x año d servicio,prorrateándose x meses los periodos d tiempo inferiores a un año y hasta un max.De 24 mensualidades.

2.2.Contatos d duración determinada

Tienen fijada la fecha de finalización del contrato.El TRLET establece 3 supuestos d contratos legalmente permitidos q son:x obra o servicio determinado,eventual x circunstancia d la producción,y d interinidad o sustitución d trabajadores con derecho a reserva del puesto d trabajo(Tabla).Se convertirán en indefinidos los contratos de plazo superior a 24 meses,si se cumplen los siguientes requisitos:- El trabajador ha tenido q estar contratado para la misma empresa y en el mismo puesto d trabajo.- Q se hayan celebrado 2 o más contratos temporales,con independencia d la modalidad y aunque se traten d contratos d puesta a disposición a través d una ETT.- Se excluyen d esta posible conversión los contratos de interinidad,los formativos y el relevo

.2.3Contratos formativos

Están encuadrados en el ámbito d la contratación temporal basada en la formación,establecidas x el Gobierno como medidas para fomentar el empleo(Tabla).

2.4.Contratación a tiempo parcial

Es el q se celebra para prestar servicios durante un número de horas al día,a la semana,al mes o al año,inferior a la jornada de trabajo d un trabajador a tiempo completo comparable.(Tabla).

2.5.Otras modalidades d contratación.(

Tabla).

3.Otas formas de contratación


3.1.Empresas de trabajo Temporal.

Es aquella q consiste en prestar o poner a disposición d otra empresa,llamada empresa cliente o usuario,y con carácter temporal, a trabajadores para su contratación. La puesta a disposición d los trabajadores se hace a través d un contrato q deberá realizarse x escrito y en modelo oficial.Este contrato se denomina de puesta a disposición.

3.2.Empresas d subcontratación

Realización d determinadas obras y servicios se subcontraten con terceros,es lo q se conoce como outsurcing o externalización.Una empresa encarga a una contrata o subcontrata la realización d una actividad q tradicionalmente venía desempeñando.


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