Contrato de Trabajo: Elementos Clave, Tipos y Derechos Laborales

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Contrato de Trabajo: Elementos Clave y Relaciones Laborales

El acuerdo entre empresario y trabajador se denomina Contrato de trabajo. Los elementos clave de la relación laboral son: Voluntariedad, Ajenidad, Dependencia y Retribución.

Elementos del Contrato de Trabajo

Los elementos esenciales de un contrato de trabajo son: Consentimiento, Objeto y Causa.

Partes del Contrato

La persona física o jurídica que recibe la prestación laboral se llama empleador o empresario. El contrato de trabajo otorga al empresario dos poderes: Poder de dirección y Poder disciplinario.

  • Poder de dirección: Es el poder por el cual el empresario establece el modo en que se realiza el trabajo.
  • Poder disciplinario: Es el poder por el cual el empresario puede sancionar el incumplimiento del trabajador.

Aspectos Clave del Contrato de Trabajo

Un contrato de trabajo debe contener al menos los siguientes aspectos:

  1. Tipo de contrato.
  2. Identidad de las partes contratantes.
  3. Duración de las vacaciones.
  4. Lugar, fecha y firma.

Contrato en Prácticas

El objetivo del contrato en prácticas es facilitar la obtención de una práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados por trabajadores con título universitario o FP de grado medio o superior, u otros relacionados oficialmente para el ejercicio profesional.

La persona física que presta servicios de forma voluntaria se denomina trabajador.

Sanciones y Exclusiones

Una sanción impuesta por el empresario puede ser la suspensión de empleo y sueldo. Algunas actividades excluidas según el art. 13 son: prestaciones personales obligatorias y consejeros o administradores de sociedades mercantiles.

Derechos Fundamentales del Trabajador

Los derechos fundamentales del Estatuto de los Trabajadores incluyen:

  • A la no discriminación.
  • A la libre sindicación.
  • A la huelga.
  • A la intimidad.

Formalización del Contrato

Un contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o verbalmente. Los contratos que pueden formalizarse verbalmente son los contratos eventuales y los contratos indefinidos ordinarios.

Periodo de Prueba

El periodo de tiempo que se puede pactar en un contrato de trabajo se denomina periodo de prueba. Durante este periodo, los trabajadores tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto de la plantilla.

Duración Máxima del Periodo de Prueba

  • Más de 25 trabajadores: 2 meses.
  • Menores de 25 años: 3 meses.
  • Mayores de 25 años: 6 meses.
  • Técnicos titulados: 6 meses.

Duración y Requisitos del Contrato en Prácticas

  • Duración del contrato de trabajo en prácticas: mínimo 6 meses, máximo 2 años.
  • Requisitos fundamentales para el trabajador: poseer titulación universitaria o FP y que no hayan pasado 4 años desde la terminación de los estudios.
  • Periodo de prueba máximo: no superior a un mes para grado medio y 2 meses para grado superior.
  • Retribución mínima: 60% el primer año y 75% el segundo año del salario de un trabajador en un puesto equivalente.
  • Distribución de la jornada: parcial o completa.
  • Formalización del contrato: por escrito.

Contrato para la Formación

El objetivo del contrato para la formación es dotar a jóvenes desempleados de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño de un oficio que requiera cierto nivel de cualificación profesional.

Contrato de Obra o Servicio Determinado

  • Forma: por escrito.
  • Finalidad: realizar un servicio o trabajo concreto cuya duración tiene un final, pero no se sabe exactamente cuándo.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

El objetivo es atender las exigencias circunstanciales del mercado o debido a una acumulación de tareas o exceso de pedidos. Ejemplo: El Corte Inglés en Navidad.

  • Duración: 6 meses en un periodo de 12, siempre que sea la misma actividad.
  • Formalización: por escrito si su duración es superior a 4 semanas o se celebra a tiempo parcial. Verbal si es inferior a 4 semanas y es a jornada completa.
  • Jornada: tiempo completo o parcial.

Tipos de Contratos de Duración Determinada

Los tres tipos principales son:

  1. Obra o servicio determinado.
  2. Eventual por circunstancias de la producción.
  3. Interinidad.

En el contrato de interinidad, es obligatorio que figuren la persona a sustituir y la causa.

Contrato Indefinido Ordinario

Es aquel que se celebra sin una fecha prevista de finalización.

  • Forma: escrito o verbal.
  • Transformación en indefinido: si el contrato no cumple el requisito formal o no consta por escrito cuando es obligatorio.

Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida

Dirigido a colectivos como:

  • Desempleados con discapacidad.
  • Desempleados jóvenes de 16-30 años.
  • Desempleados mayores de 45 años.

Contrato a Tiempo Parcial

  • Forma: por escrito y modelo oficial.

Contrato de Relevo

Un trabajador no desempleado puede firmar un contrato de relevo cuando pertenezca a la misma empresa y tenga un contrato de duración determinada. Se lleva a cabo en casos de prejubilación, cuando un trabajador se jubila parcialmente y es sustituido por otro que desempeña la función a tiempo parcial.

Horas Extraordinarias y Complementarias

La diferencia es que las horas extraordinarias se cobran y las complementarias no. En un contrato indefinido o de relevo a tiempo parcial, no se pueden hacer horas extras, solo complementarias.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Las obligaciones de una ETT son:

  1. Ejercer el poder disciplinario ante el trabajador.
  2. El pago de los salarios al trabajador.
  3. Proporcionar un entorno de trabajo adecuado.

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