Contrato de consignación mercantil: definición, obligaciones y características
Resumen
El documento explica qué es el contrato de consignación mercantil, en el que el consignante transmite la disponibilidad de bienes muebles a un consignatario para su venta. Describe las obligaciones de cada parte, las retribuciones pactadas y las características del contrato, como la transmisión de riesgos y la disponibilidad de los bienes no vendidos.
Puntos clave
- La consignación mercantil transmite la disponibilidad, no la propiedad, de bienes muebles del consignante al consignatario.
- El consignatario debe pagar el precio pactado si vende el bien o devolverlo si no logra venderlo.
- El consignante debe proveer fondos para conservar el bien con al menos 2 días de anticipación.
- Tras la venta, el consignatario dispone de dos días hábiles para entregar la ganancia pactada al consignante.
- La retención injustificada del bien o del producto obliga al consignatario a pagar un 3% del valor de mercado por cada mes o fracción, salvo pacto en contrario.
- Los riesgos del bien pasan al consignatario desde la entrega real, salvo fuerza mayor o pérdida ajena a su responsabilidad.
Concepto de contrato de consignación mercantil
La consignación mercantil es el contrato por virtud del cual una persona, denominada consignante, transmite la disponibilidad —mas no la propiedad— de uno o varios bienes muebles a otra persona, denominada consignatario, para que este último pague un precio por ellos en caso de venderlos dentro del término establecido, o bien, los restituya si no logra concretar la venta.
Partes en el contrato de consignación mercantil
Obligaciones del consignante
- Transmisión de posesión: Debe transmitir la posesión de los bienes y, en su momento, la propiedad de los mismos al adquirente final.
- Responsabilidad legal: Responder por daños, perjuicios, saneamiento (en caso de evicción) o por vicios ocultos.
Obligaciones pactadas del consignante
- Retribución al consignatario: Consiste en una suma determinada de dinero, un porcentaje sobre el precio de venta o algún otro beneficio. En este caso, el consignatario puede retener el porcentaje establecido.
- Pago por plazo vencido: Retribuir al consignatario si el bien no fue vendido dentro del plazo pactado. En este supuesto, el consignatario podrá constituir en prenda dichos bienes hasta que sea cubierta la retribución.
- Provisión de fondos: Proveer los fondos necesarios para la conservación del bien consignado con al menos 2 días de anticipación.
Obligaciones del consignatario
- Pago o devolución: Pagar el precio pactado o devolver el bien, salvo por pérdida o deterioro derivado de caso fortuito o fuerza mayor.
- Plazo de entrega: Una vez verificada la venta del bien, cuenta con dos días hábiles para entregar la ganancia pactada al consignante.
- Retención injustificada: Si retiene el bien o el producto de la venta de manera injustificada, además de estar obligado a restituir el bien o pagar el producto obtenido, deberá pagar al consignante un 3% del valor de mercado del bien por cada mes o fracción que dure la retención (salvo pacto en contrario). Durante este periodo, el consignatario responde por los riesgos derivados de la pérdida o deterioro, incluso por caso fortuito o fuerza mayor.
- Conservación del bien: Realizar todos los actos tendientes a la conservación del bien consignado. Si realiza alguna erogación para este fin, tiene derecho a que le sea reembolsada.
Otras características del contrato de consignación
- Disponibilidad de los bienes: Si los bienes consignados no han sido vendidos, el consignante no podrá disponer de ellos hasta que se cumpla el término establecido en el contrato para la venta de los mismos.
- Transmisión de riesgos: Los riesgos del bien se transmiten al consignatario desde el momento en que se realiza la entrega real, salvo en casos de fuerza mayor, pérdida o deterioro ajenos a su responsabilidad.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué es el contrato de consignación mercantil?
Es el contrato por el que una persona (consignante) transmite la disponibilidad de bienes muebles a otra (consignatario) para que los venda pagando un precio o los restituya si no logra venderlos. El consignante conserva la propiedad.
¿Qué ocurre si el consignatario retiene el bien sin justificación?
Debe restituir el bien o pagar el producto obtenido, y además pagar al consignante un 3% del valor de mercado del bien por cada mes o fracción de retención, salvo pacto en contrario. Responde también por los riesgos durante ese periodo, incluso por caso fortuito o fuerza mayor.
¿Cuándo se transmiten los riesgos del bien consignado?
Los riesgos se transmiten al consignatario desde el momento de la entrega real del bien, salvo en casos de fuerza mayor o de pérdida o deterioro ajenos a su responsabilidad.
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