Contenido mínimo de los estatutos de un sindicato

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.Estructura del
(autotutela c.):

Sindicato

Negociacioncolectiva-huelga. Si falta alguno el sistema se detiene.

.Protección a los trabajadores: Legislación del trabajo- justicia laboral – fiscalización adm.

.Carácterísticas: 1. Debe existir una relación individual previa – 2. En este Dº existen otros sujetos – 3. Derechos y obligaciones son correlativos – 4. Elementos que tipifican el Dº: a. Envoltura protectora – b. Trabajo colectivo – c. Interés colectivo – d. Autonomía colectiva – e. Autotutela material (huelga – lock out) – f. Intervención del estado.

. Existe la libertad sindical:
1.
Autonomía sindical – 2. Autonomía colectiva – 3. Autotutela.

.Tipos de relaciones y conflictos colectivos: intersindicales – intrasindicales – extrasindicales.

.Concepto: parte del dº del trab.
Que se ocupa de los fenómenos colectivos lab. Desde 2 perspectivas: 1. Agrupación, org. Y reg. De los actores sociales, trab. Y empleadores y su relación con el estado y 2. Normativa generada producto de la autonomía col. De dichos actores.

. Empresa del punto de vista organizacional: 1. Insumos: a. Capital – b. Tecn. – c. Info – d. Recursos humanos. - 2. Proceso (conjunto de act.) – 3. Resultado: a. Como resultado propio de la empresa.
B. Propio de los trab.

.Empresa del punto de vista jurídico:

Art

3. Empresa: * Patrimonialista o Individualista: dice que la empresa no es una persona jurídica en términos patrimoniales, distinta a la del dueño. * Teoría Jurídica Constitucional: la empresa tiene una realidad en si misma distinta, no confundíéndose con el patrimonio de sus dueños.

Posturas jurisprudenciales: El art.4 inc.2, se ha aplicado para garantizar la vigencia de los contratos individuales, la antigüedad de los trabajadores, la vigencia de instrumentos colectivos de trabajo, la afiliación sindical, la facultad de negociar colectivamente y la subsistencia del reglamento interno.

. Sindicalización:* Doble Militancia: Si un trabajador se afilia a un sindicato distinto al primero, caducará el anterior y se mantendrá en el segundo. Si se une a otro sindicato de otra empresa, no caduca y pertenece a dos sindicatos. * La afiliación es personal e indelegable, es un derecho personalísimo.* La sindicalización es VOLUNTARIA, está consagrado en el art.214 del CT.

. Constitución del sindicato: contempla etapas: 1. Asamblea: se reúnen trabajadores ante un ministro de fe. Art. 227. Los trab. Pueden elegirlo art. 218. Materias que ven en la constitución: establecer estatutos – nombrar directorio – levanta el acta. No puede asistir el empleador. Dentro de los 3 días se le informa al emp. Nómina de trab. Y los que gozan de fuero. Art. 225. 2. Depósito: entrega del acta en la insp. Del trabajo con dos copias del estatuto certificado por el ministro de fe en 15 días de la celebración. 3. Control: la inspección del trab. Lo realiza para dos cosas: revisar quórum – revisa que los estatutos se ajusten a la ley.
Se realizan revisiones en un plazo de 90 días corridos. De que es notificado tienen 60 días para ver problemas y subsanarlos ante el juzgado del trab., si no lo hace pierden pers. Jur. Conocen en única instancia.

.Estatutos: son libres para establecer estatutos por principio de libertad sindical. La inspección del trabajo ve estatutos tipo: Se adecua al tipo de sindicato de que se trate. Conforme a la libertad sindical, el sindicato con absoluta libertad, puede poner las normas que este estime, siempre que no atente a la moral, orden público y buenas costumbres. Sin embargo, la ley exige un mínimo de materias que deben estar regulados: 1. Requi. De afiliación y des. – 2. Dº y o. De los miembros. – 3. Requisitos para ser elegido dirigente sindical. – 4. Mecanismos de modificación de los propios estatutos. – 5. Regular la fusión del sindicato. – 6. Régimen disciplinario interno. – 7. Clase y denominación del sindicato. – 8. Cuota sindical y asamblea. Pueden ser modificados en una asamblea extraordinaria. El voto en esta asamblea será unipersonal y secreto y es por mayoría absoluta de los que estén al día en sus cuotas sindicales, asiste un ministro de fe.

. órganos del sindicato: directorio: directores, dirigentes, secretario y tesorero. Asamblea: es el órgano supremo y soberano del sindicato.

. Requisitos para ser dirigente: no haber sido condenado por delitos terroristas – el directorio no podrá durar menos de 2 años ni más de 4. A menos que se vean afectados por censura, incapacidad sobreviniente, renuncia voluntaria.

. Los sindicatos: art. 19, nº 19 cpr. Garantiza: a. Dº a sindicarse en los casos y formas que señale la ley. – b. Sindicalización es voluntaria – c. Org. Tienen personalidad jur. Por registrar sus estatutos y actas constitutivas señaladas por la ley.

. Art. 19, nº 16 garantiza: a. Dº a negociar col. En el ámbito empresa. – b. Solo la ley puede negar negociación en algunas empresas. – c. L ley establece procedimientos para negociación – d. La ley señala los casos de arbitraje obligatorio.

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