Constitución de Guatemala: Estructura, Historia y Derechos Fundamentales
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El Retorno al Orden Constitucional en Guatemala
Decretos del retorno al orden constitucional: Ley Orgánica del TSE (Tribunal Supremo Electoral), Ley de Registro de Ciudadanos y Ley de Organizaciones Políticas. Producto de la Asamblea del 1 de junio de 1984, se establecieron la Ley Electoral y de Partidos Políticos, y la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
Estructura de la Constitución Política de la República de Guatemala (CPRG)
La actual CPRG cuenta con 281 artículos y 22 disposiciones transitorias. Se define bajo un modelo racional-normativo, escrita, desarrollada, mixta y democrática, ya que es dictada por el pueblo. Su estructura se divide en las siguientes partes:
Parte Dogmática
- Preámbulo
- Título I: La persona humana, fines y deberes del Estado.
- Título II: Derechos Humanos (DDHH).
Parte Orgánica
- Título III: El Estado.
- Título IV: Poder público.
- Título V: Estructura y organización del Estado.
Parte Práctica
- Título VI: Garantías constitucionales y defensa del orden constitucional.
- Título VII: Reformas a la Constitución.
- Título VIII: Disposiciones transitorias y finales.
Fórmula Política y Estructura Social
La fórmula política se define como la expresión ideológica jurídicamente organizada en una estructura social. Se compone de:
- Techo ideológico (principios inspiradores): Expresado en los preámbulos de las constituciones, ya que ellos representan la síntesis de las decisiones políticas. Puede ser demoliberal, fascista, socialista o comunista; inspira a todo el ordenamiento jurídico y, en el caso de Guatemala, es de carácter personalista.
- Una organización jurídico-política: De tipo parlamentaria o convencional.
- Una estructura social: De tipo capitalista o socializada.
Características de la Constitución de Guatemala
Características Liberales:
- Artículo 36: Libertad de religión.
- Artículo 35: Libertad de emisión del pensamiento.
- Artículo 39: Propiedad privada.
Características Democráticas:
- Artículo 102: Libre sindicalización.
- Artículo 136: Derecho a elegir y ser electo.
- Artículos 136 y 147: Sufragio universal.
Características Sociales:
- Artículo 1: Bien común.
- Artículo 44: Interés social sobre el particular.
- Artículo 47: Protección a la familia.
- Artículo 57: Derecho a la cultura.
- Artículo 71: Educación.
- Artículo 93: Derecho a la salud.
Evolución del Estado de Derecho y los Derechos Humanos
- Estado de Derecho: Aquel Estado en el que los poderes públicos están regulados por normas generales.
- Estado Constitucional de Derecho: Se distingue por fundamentarse en la soberanía popular.
Hitos Históricos del Constitucionalismo:
- Carta Magna (1215)
- Habeas Corpus (1679)
- Bill of Rights (1689)
- Revolución Francesa (1789): Con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
- Revolución Mexicana (1910) y Revolución Rusa (1917)
- Segunda Guerra Mundial (1939-1945): Culmina con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la ONU el 10 de diciembre de 1948.
- Pactos de 1966 (en vigor desde 1976): Derechos Civiles y Políticos, y Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Documentos Internacionales Fundamentales:
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Doctrina de los Derechos Humanos (DDHH)
Los Derechos Humanos son el conjunto de facultades y atribuciones de la persona humana, connaturales a su ser y anteriores a toda norma creada por el Estado o cualquier estructura social.
Características de los Derechos Humanos:
- Universales: Se reconocen a todos los seres humanos sin exclusión alguna.
- Prioritarios: Son protegidos de manera preferente al entrar en conflicto con otras normas.
- Innegociables: Ninguna sociedad puede negar su protección a los miembros que la integran.
- Fundamentales: Son anteriores y superiores a cualquier autoridad.
- Históricos: Evolucionan con el tiempo, lo que permite que el catálogo de derechos se amplíe progresivamente.
Clasificación por Generaciones:
- Primera generación: Derechos civiles y políticos, que comprenden los derechos individuales discutidos originalmente en Europa.
- Segunda generación: Derechos económicos, sociales y culturales, desarrollados en la segunda mitad del siglo XIX.
- Tercera generación: Derechos de la solidaridad o de incidencia colectiva, enfocados en bienes culturales y naturales.
- Cuarta generación: En proceso de definición en la era tecnológica actual.
Historia Constitucional de Guatemala
La evolución política de Guatemala se refleja en sus textos constitucionales históricos:
- Constitución de la República Federal de Centroamérica (1824)
- Constitución del Estado de Guatemala (1825)
- Declaración de los Derechos del Estado y sus Habitantes (1839)
- Acta Constitutiva de la República de Guatemala (1851)
- Ley Constitutiva de la República de Guatemala (1879)
- Constitución de la República de Centroamérica (1921): Destaca por prohibir la pena de muerte.
- CPRG de 1945: Introduce el constitucionalismo social y las garantías individuales.
- CPRG de 1956: Incorpora un título específico denominado "Derechos Humanos" bajo el gobierno de Carlos Castillo Armas.
- CPRG de 1965: Establece el sufragio universal y secreto, garantiza la libre formación y funcionamiento de los partidos políticos, y prohíbe la ideología comunista.
- CPRG de 1985: Divide los derechos individuales en civiles y políticos, y los derechos sociales en económico-sociales-culturales.
Clasificación de los Derechos en la CPRG
- Derechos Humanos Individuales: Son aquellos inherentes a todos los seres humanos de forma inseparable. Representan los derechos fundamentales del hombre como una conquista frente al poder público, tales como el derecho a la vida, a la seguridad, a la libertad de acción y a la integridad personal.
- Derechos Humanos Sociales: Son aquellos que la Constitución reconoce a las personas en su calidad de miembros de una sociedad para proteger a diferentes sectores de la población. Incluyen el derecho a la salud, seguridad y asistencia social, a la educación, al trabajo, a la vivienda y a la cultura.