Constitución Española de 1978: Claves y Artículos Fundamentales

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La Constitución Española de 1978

El presente texto es una selección de artículos de la actual Constitución Española de 1978, que fue sometida a referéndum el 6 de diciembre de 1978, sancionada y ratificada por el Rey el 27 de diciembre de 1978, y publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978. Esta Constitución derogó las leyes fundamentales anteriores y se constituyó en el texto supremo y básico del sistema político y jurídico español. Está dirigida a todo el pueblo español y es un texto de carácter público, oficial, nacional y jurídico.

Una constitución es un texto jurídico superior a los demás, de los cuales se derivan, que regula la composición, organización y funciones de los principales órganos del Estado, sus relaciones mutuas y las relaciones que estos mantienen. Toda constitución debe ser el resultado de un acto de soberanía popular.

La Transición y el Proceso Constituyente

La Constitución de 1978 fue el hito más importante del proceso de Transición Política. En el proceso hacia la transición democrática, hay que resaltar la aprobación de la Ley para la Reforma Política por las Cortes franquistas. Las nuevas Cortes democráticas fueron elegidas por sufragio universal. El texto constitucional fue aprobado por el Congreso de los Diputados y por el Senado, siendo ratificado mediante referéndum posteriormente. Por primera vez en la historia de España, la Constitución fue fruto del consenso de las diversas fuerzas políticas. El proceso fue largo y laborioso.

Características de la Constitución

Las características más relevantes de la Constitución son:

  • Ser consensuada, de lo que se deriva su lentitud y la longitud del texto.
  • Ser poco original.
  • Ser rígida.
  • Estar inacabada.

La Constitución consta de dos partes:

  • Dogmática o doctrinal: Recoge los principios básicos.
  • Orgánica: Establece la forma de gobierno, la estructuración del Estado y el funcionamiento de los órganos de poder.

Sus mayores innovaciones fueron la figura del Defensor del Pueblo y la protección por el Tribunal Constitucional. Durante la elaboración del texto, hubo tres puntos importantes de debate: la abolición de la pena de muerte, el aborto y la libertad de enseñanza.

Artículos Clave de la Constitución

Artículo 1

  • Artículo 1.1: Define a España como un Estado social y democrático de Derecho.
  • Artículo 1.2: Plantea que la soberanía nacional reside en el pueblo español.
  • Artículo 1.3: Establece que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

En el texto constitucional, la Monarquía no aparece como poder, sino como órgano del Estado. Se la define como parlamentaria, moderada y arbitral, y le corresponde ejercer las funciones representativas en las relaciones internacionales. La persona del Rey es inviolable. A él le corresponde sancionar y promulgar las leyes, convocar y disolver las Cortes y convocar elecciones.

Artículo 2

El artículo 2 habla de la indisoluble unidad de la Nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía. Es decir, plantea un equilibrio entre la unidad y la patria, con el reconocimiento de las autonomías. La organización territorial del Estado fue muy discutida.

Artículo 6

El artículo 6 establece que los partidos políticos son un instrumento fundamental para la participación política y defiende la legalidad de los partidos políticos.

Artículo 16

El artículo 16 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto, y defiende la aconfesionalidad del Estado, permitiéndose cualquier tipo de creencia y de culto siempre que estos no atenten contra el orden público.

Artículo 147

El artículo 147 trata sobre los estatutos de cada comunidad autónoma. El Estado los reconocerá. Queda aclarado que los estatutos autonómicos son las normas por las que deben regirse las comunidades y que deben contener una serie de elementos como: un nombre adecuado, la delimitación de su territorio y la denominación, organización y sede de sus instituciones.

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