Constitucion de 1812 y decada moderada

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La constitución de 1812 Aprobada el 19 de marzo de 1812 y conocida como la “pepa” este texto legal fue la primera constitución liberal del país, siendo uno de los grandes textos liberales de la historia. Los diputados liberales Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero y Pérez de Castro son las tres figuras mas destacadas en su elaboración. Estos son sus rasgos principales: 1. soberanía nacional. El poder reside en la nación, idea opuesta a la soberanía monárquica. 2. división de poderes: -poder legislativo: cortes unicamerales. -poder judicial: los tribunales. -poder ejecutivo: el rey, pero con las siguientes limitaciones. sus órdenes deben ir validadas por la firma del ministro correspondiente. No puede disolver las cortes. Veto suspensivo transitorio durante 2 años, pasados los cuales la decisión de las cortes se convierte en ley. Nombra a los ministros pero estos deben ser refrendados por las cortes (“doble confianza”). 3. nuevo derecho de representación. La nación ejerce su soberanía mediante sus representantes en cortes. 4. complicado procedimiento electoral por sufragio universal masculino indirecto en cuarto grado. Derecho de voto: hombres mayores de 25 años, que elegían a unos compromisarios que a su vez elegían a los diputados. 5. igualdad de los ciudadanos ante la ley, lo que supuso el fin de los privilegios estamentales. 6. omisión de toda referencia a los fueros territoriales. 7. reconocimiento de los derechos individuales: educación, libertad de imprenta, inviolabilidad de domicilio, libertad personal y propiedad. 8. el catolicismo es la única confesión religiosa permitida. La necesidad de contar con la colaboración del clero en la lucha contra los franceses explica este rasgo intolerante que choca con el espíritu avanzado de esta constitución.

· Década moderada (1844-1854): Tras acceder al trono al adelantarse su mayoría de edad en noviembre de 1843, Isabel II mostró desde un principio su preferencia por los moderados, dejando fuera de juego político al partido progresista. Se habría un largo periodo de predominio moderado. Los progresistas optaron, o por el retraimiento, negándose a participar en unas consultas electorales claramente amañadas, o por la preparación de pronunciamientos apoyados por insurrecciones populares.
En mayo de 1844 se formó un gabinete presidido por el general Narváez, la gran figura de los moderados. Estas fueron las principales medidas que se adoptaron durante la siguiente década: 1. Creación en 1844 de la Guardia Civil, fuerza armada encargada de aplicar la ley y el orden esencialmente en el medio rural. Como medida complementaria se suprimió la Milicia Nacional. 2. Ley de ayuntamientos de 1845 que reforzaba el centralismo reservando al gobierno el nombramiento de los alcaldes. 3. Reforma del sistema fiscal de 1845, elaborada por Alejandro Mon. Se estableció un nuevo sistema fiscal más racional, eficaz y moderno, que puso fin al complicado sistema impositivo del Antiguo Régimen. 4. Ley electoral de 1846 que configura un verdadero régimen oligárquico. Se estableció un sufragio muy restringido que limitó el cuerpo electoral a 97.000 varones mayores de 25 años, lo que suponía el 0,8% del total de la población. 5. Concordato de 1851. Acuerdo con la Santa Sede por el que el Papa reconoció a Isabel II como reina y aceptó la pérdida de los bienes eclesiásticos ya desamortizados. A cambio el estado español se comprometió a: subvencionar a la iglesia, entregarle el control de la enseñanza y encargarle el control de la censura. 6. La constitución de 1845. De carácter moderado se diferencia de la de 1837 en los siguientes aspectos esenciales: -Soberanía compartida del rey y las cortes. Esto se concreta en un poder legislativo compartido por ambas instituciones y en una clara preeminencia de la corona en el proceso político.

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