Conceptos Salariales y Extrasalariales: Cotización y Tipos de Retribución

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Conceptos Salariales

  • Antigüedad: Es de carácter salarial y cotiza a la Seguridad Social.
  • Bonus por objetivos: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Comisiones: Son de naturaleza salarial y cotizan.
  • Gratificaciones extraordinarias: Son salariales y cotizan.
  • Horas extraordinarias: Son salariales y cotizan mediante una cotización específica distinta de la ordinaria.
  • Incentivos: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Nocturnidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Pagas extraordinarias: Son salariales y cotizan mediante el prorrateo en la base de cotización.
  • Participación en beneficios: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Peligrosidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Penosidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Plus convenio: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Plus de disponibilidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Plus de dedicación exclusiva: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Plus de jefatura o mando: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Plus de puesto de trabajo: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Plus de responsabilidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Primas de producción: Son de carácter salarial y cotizan.
  • Productividad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Retribución en especie (coche, vivienda, seguro médico, etc.): Es salarial y cotiza con reglas especiales de valoración.
  • Salario base: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Toxicidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Turnicidad: Es un concepto salarial y cotiza.
  • Vacaciones no disfrutadas abonadas en el finiquito: Son salariales y cotizan.

Conceptos Extrasalariales

  • Adquisición o mantenimiento de ropa de trabajo: Es un concepto extrasalarial; normalmente no cotiza.
  • Desgaste de herramientas: Es un concepto extrasalarial; normalmente no cotiza.
  • Dietas: Son extrasalariales; no cotizan dentro de los límites legales, aunque el exceso sí cotiza.
  • Gastos de alojamiento: Son extrasalariales; normalmente no cotizan si cumplen los requisitos legales.
  • Gastos de locomoción justificados: Son extrasalariales; normalmente no cotizan.
  • Gastos de manutención: Son extrasalariales; están exentos hasta ciertos límites, el exceso cotiza.
  • Gastos de teletrabajo compensados por la empresa: Son extrasalariales; normalmente no cotizan.
  • Gastos de viaje justificados: Son extrasalariales; normalmente no cotizan.
  • Indemnización por despido: Es un concepto extrasalarial; no cotiza dentro de los límites legales.
  • Indemnización por suspensión del contrato: Es un concepto extrasalarial; normalmente no cotiza.
  • Indemnización por traslado: Es un concepto extrasalarial; normalmente no cotiza dentro de los límites legales.
  • Kilometraje: Es un concepto extrasalarial; exento hasta el límite legal, el exceso cotiza.
  • Plus de distancia: Normalmente es extrasalarial; sigue el mismo criterio que el plus de transporte.
  • Plus de transporte: Normalmente es extrasalarial; puede cotizar si supera límites o si realmente encubre salario.
  • Prestación por incapacidad temporal (baja médica): No es salario; tiene su propio régimen de cotización y prestaciones.
  • Prestaciones de Seguridad Social (maternidad, incapacidad permanente, desempleo, etc.): No son salario.
  • Quebranto de moneda: Suele considerarse extrasalarial; puede cotizar según convenio y circunstancias.

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