Conceptos Fundamentales de Literatura, Vanguardias y Normativa de Igualdad
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Géneros Periodísticos y Literarios
La nota periodística se caracteriza por presentar un hecho como sucedió e informar al público de manera objetiva. Por su parte, el artículo de opinión se distingue por presentar el punto de vista del autor acerca del tema, con el propósito de influir en la opinión de los lectores.
Columnista: Persona que en un periódico o revista publica una columna, es decir, un texto de opinión que aparece regularmente en un medio. Una característica importante de los artículos de opinión es la libertad de los autores para expresarse sobre un tema.
Movimientos Poéticos y Vanguardias
Un movimiento poético está conformado por un grupo de poetas que se comprometen con objetivos y principios determinados, los cuales, por lo general, rompen con los principios preestablecidos o representan un cambio respecto a estos. Cada movimiento se encuentra en la búsqueda estética de lo que los autores consideran bello; algunos de estos movimientos relacionan sus principios con algún reclamo social.
- Contexto social: Conjunto de circunstancias (culturales, económicas, sociales, históricas) que enmarcan una situación.
- Soneto: Poema de catorce versos de once sílabas cada uno, distribuidos en dos estrofas de cuatro versos y dos estrofas de tres versos.
- Redondilla: Conjunto de cuatro versos de ocho sílabas donde, muchas veces, riman el primero con el tercero, y el segundo con el cuarto.
- Novecentismo: Corriente literaria, conocida también como Generación de 1914, que se oponía a los ideales del siglo XIX (como el sentimentalismo) y defiende la idea de un arte racionalista e intelectual, dirigido a las minorías.
El ultraísmo fue uno de los diversos movimientos artísticos conocidos como movimientos de vanguardia (otros son el surrealismo, el creacionismo, etc.). Un manifiesto literario es un texto en el que uno o más escritores exponen sus ideas en torno a su búsqueda estética y sus lemas de combate. En este primer manifiesto ultraísta, los poetas de este movimiento lo bautizaban a partir del término latino ultra, que significa "más allá".
Las posibilidades de jugar y experimentar con las letras, las palabras y su distribución en la página, desde el uso de distinta tipografía hasta la imitación de objetos de la realidad, se denominan recursos gráficos.
Marco Normativo de Igualdad
Ratificación: Cuando un país aprueba un acuerdo o tratado internacional, se adhiere a él y se obliga a su cumplimiento.
Normativas Internacionales
Declaración Universal de los Derechos Humanos
- En sus artículos 2, 21 y 23: Es un documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas que contiene, en sus 30 artículos, los derechos humanos considerados básicos.
Convención sobre los Derechos de la Mujer
- Reconoce y protege los derechos políticos de las mujeres. Está sustentada en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Fue ratificada por México el 23 de marzo de 1981.
Normativas Nacionales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- En su Título Primero, Capítulo 1 (Artículos 1º y 4º): Es la norma fundamental establecida para regir jurídicamente al país. Comprende los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales, así como las garantías para su protección.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
- Establece las bases para que se integren a la legislación y a las prácticas administrativas y sociales de México las herramientas y mecanismos señalados en los instrumentos internacionales y en la Constitución, en materia de derechos humanos de las mujeres.
Al recurrir tanto al lenguaje específico de cada normativa como al discurso legal general, los documentos legales buscan ser claros, objetivos y precisos, evitando la ambigüedad.
Conceptos Jurídicos Clave
- Debido proceso: Obligación de realizar una adecuada administración de la justicia e implementar una legislación que garantice que los procedimientos sean en sí mismos justos y equitativos.
- Omisión: Abstención de hacer algo que constituye un deber legal, lo cual puede considerarse una falta o un delito.
- Negligencia: Falta en el comportamiento propio y adecuado de una persona responsable, según las circunstancias.