Conceptos Esenciales del Sistema de Salud Chileno: GES, Fonasa, Isapre y Normativa Clave
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Verdades y Mitos sobre el Sistema de Salud Chileno
A continuación, se presentan afirmaciones clave sobre las Garantías Explícitas de Salud (GES), la normativa laboral y la regulación de prestadores en Chile.
I. Garantías Explícitas de Salud (GES) y Prestadores
- (F) Todas las licencias médicas autorizadas tienen derecho a
- (V) El sistema de acreditación y certificación asegura la garantía de calidad del AUGE/GES.
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(F) Una vez vencido el plazo para que el prestador asignado por Fonasa o Isapre atienda un problema GES, el usuario deberá dirigirse inmediatamente a la Superintendencia de Salud, para que asigne un segundo prestador.
Corrección: Una vez cumplido el plazo, debe dirigirse a Fonasa o Isapre para que este le asigne un segundo prestador. Solo si estas entidades no cumplen, se recurre a la Superintendencia de Salud.
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(F) Uno de los problemas de salud cubierto por el GES es el “Tratamiento médico en personas de 55 años y más con Artrosis de cadera y/o rodilla severa”.
Corrección: Es el tratamiento médico en personas de 55 años y más con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada.
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(F) Las Mutuales son instituciones públicas financiadas por el Estado.
Corrección: Son instituciones privadas.
- (V) La entidad encargada de evaluar al prestador respecto al cumplimiento de determinados estándares de calidad es designada en forma aleatoria.
- (V) El beneficio GES no puede ser excluido de los planes de salud, porque se considera un derecho irrenunciable.
- (V) En relación con el proceso de Acreditación, la Subsecretaría de Salud Pública es la encargada de establecer los estándares mínimos que deben cumplir los prestadores institucionales de salud.
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(F) La Ley 16.744 cubre los accidentes con ocasión del trabajo, que son aquellos que se producen directamente por la ejecución de las tareas o labores.
Corrección: No solo cubre los accidentes directamente producidos por la ejecución de tareas o labores, ya que también cubre los accidentes de trayecto.
- (V) La periodicidad de un valor determinado de arancel para una prestación o grupo de prestaciones puede ser: cada vez, por ciclo, mensual o anual.
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(F) La función que cumple Fonasa y las Isapres en lo que respecta a la Medicina Preventiva es fiscalizar las metas de cobertura.
Corrección: La entidad que fiscaliza las metas de cobertura es la Superintendencia de Salud.
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(F) El problema de salud N.° 8, “Cáncer de mama en mayores de 15 años”, contempla solo la intervención sanitaria de tratamiento.
Corrección: Contempla diagnóstico, tratamiento y seguimiento.
II. Garantías y Financiamiento del GES
- (V) El reclamo más frecuente presentado ante la Superintendencia por los afiliados de Fonasa, en relación con el GES, tiene que ver con el incumplimiento de la garantía de oportunidad.
- (V) La garantía de protección financiera del GES establece que los afiliados del grupo D de Fonasa e Isapre no deben pagar más del 20% del valor de referencia establecido por el Ministerio de Salud.
- (V) La garantía de oportunidad del GES se refiere a que todo afiliado de Fonasa e Isapres tiene la posibilidad de acceder a dicho beneficio.
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(F) En el sector privado, el costo del GES depende del factor de riesgo, sexo y edad de cada beneficiario.
Corrección: El costo del GES no varía según el sector privado o público, ni depende de los factores de riesgo individuales.
III. Conceptos de Calidad
- (V) Eficacia es la capacidad para lograr un efecto determinado considerando los menores inconvenientes y costos para el usuario y para la sociedad.