Conceptos Clave y Constituciones Españolas del Siglo XIX: Un Recorrido Histórico
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Conceptos Históricos Fundamentales
A continuación, se definen términos clave para comprender la historia contemporánea de España:
- Cabila: Nombre con el que se conoce a las tribus de beduinos o bereberes.
- Dictadura: Poder del Estado en manos de una persona o de un grupo. Se presenta como reacción ante una situación de deterioro, con propósitos de regeneración y vocación temporal. Desaparecen las garantías constitucionales. El dictador asume todos los poderes.
- Pronunciamiento: Levantamiento de origen militar con apoyo civil, por lo general de signo liberal, que busca un cambio de gobierno. Típico de los siglos XIX y XX, en el XIX conocido como golpe de Estado. Muy común en España y sus colonias.
- Golpe de Estado: Intento de cambiar la forma de Estado de tipo militar. Propio del siglo XX.
- Monarquía: Forma de gobierno en que la soberanía es ejercida por una persona, que la recibe con carácter vitalicio y hereditario.
- República: Sistema de gobierno en que el poder reside en el pueblo, personificado por un jefe supremo llamado presidente.
- Treintistas: Nombre que recibía un sector de la CNT a raíz de un manifiesto de 1931, firmado por treinta significados dirigentes encabezados por Ángel Pestaña y Juan Peiró.
- Africanistas: Militares del Ejército de África, considerados los más intervencionistas en asuntos políticos.
Constituciones Españolas del Siglo XIX
Constitución de 1845
Esta Constitución, vigente durante el Bienio Progresista (1854-1856), estableció las siguientes características:
- Forma de Estado: Monárquica (Casa de Borbón), con Isabel II.
- Carácter: Liberal, confesional intransigente y centralista unitario.
- Soberanía: Conjunta entre el Rey y las Cortes. El Rey nombra a todos los senadores.
- Derechos Políticos: Los ciudadanos tienen derechos políticos y el Senado.
- Sufragio: Masculino censitario, restringido por el poder económico (votaba el 1% de la población) y directo.
- Cortes: Bicamerales:
- Senado: Diputados ilimitados y nombrados por el Rey. Los senadores eran españoles de más de 30 años que pertenecieran a las altas personalidades y tuvieran 30.000 reales de renta. Era un cargo vitalicio.
- Congreso de los Diputados: Elegido por las juntas electorales (debían tener 25 años, ser españoles y disponer de una renta), y ser seglar (no ser monje, fraile...).
- División de Poderes: Entre el Rey y las Cortes.
- Rey: Podía expedir decretos, reglamentos e instrucciones para la ejecución de leyes, secretarías e inversión de fondos. Nombraba y separaba libremente a los ministros.
- Cortes: Fijaban, a propuesta del Rey, la fuerza militar permanente de mar y tierra cada año.
- Legislación: Códigos iguales para todos. Se observó una ampliación del ejército y una disminución del poder legislativo.
- Derechos y Libertades Individuales: Incluían la libertad de prensa, de propiedad privada y la presunción de inocencia. Todos los españoles los tenían iguales.
- Obligaciones Ciudadanas:
- Defender la patria con las armas cuando fueran llamados por la ley.
- Contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado.
- Practicar la religión católica.
Constitución de 1876
Esta Constitución, pilar de la Restauración borbónica, presentaba las siguientes características:
- Soberanía: Compartida entre el Rey y las Cortes.
- Derechos y Deberes: Los derechos y deberes de los ciudadanos estaban limitados por las leyes ordinarias.
- Poder Legislativo: Compartido entre las Cortes y el Rey, pudiendo este último vetar leyes y disolver las cámaras.
- Poder Ejecutivo: La Corona tenía el poder ejecutivo, pudiendo nombrar al jefe de gobierno y los ministros.
- Cortes: Bicamerales:
- Senado: Formado por designación real.
- Congreso: Elegido por sufragio directo.
- Poder Judicial: Tenía la potestad de aplicar las leyes en los juicios. Los jueces se elegían mediante oposición, al igual que en la actualidad.
- Sufragio: No se pronunciaba respecto al tipo de sufragio ni tampoco respecto al tipo de procedimiento electoral, hasta el año 1890 en el que pasó a ser sufragio universal masculino.
- Estado Confesional: Establecía un estado confesional católico, si bien se toleraban otras religiones siempre que las respetaran.
- Organización Territorial: Los ayuntamientos y diputaciones estaban bajo control gubernamental, lo que reflejaba una organización centralista.