Concepto y Funciones de la Jurisprudencia en el Ordenamiento Jurídico Español
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La Jurisprudencia
Concepto de Doctrina Jurisprudencial
Hay doctrina jurisprudencial cuando el Tribunal Supremo (TS), sobre un mismo asunto o materia, resuelve interpretando y aplicando el ordenamiento jurídico de la misma manera o en el mismo sentido en dos o más sentencias. Cuando esto ocurre, se dice que sobre ese asunto concreto existe doctrina jurisprudencial o reiterada del TS.
Juzgados y Tribunales como Tercer Poder del Estado
Ostentan la potestad jurisdiccional, que consiste en juzgar y ejecutar lo juzgado. No tienen potestad normativa, solo aplican las leyes. Resuelven los asuntos que se someten a su jurisdicción, dictando sentencias; por tanto, aplican las leyes creadas por el legislador, pero no las crean.
En un sentido amplio, podemos utilizar el término jurisprudencia para referirnos al conjunto de sentencias dictadas por jueces y tribunales. En un sentido estricto, nos referimos únicamente a las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo, y es en este sentido al que se refiere el artículo 1.6 del Código Civil:
“La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho.”
Requisitos para la Existencia de Jurisprudencia
Para que exista jurisprudencia sobre un asunto se requiere:
- 1.º) Que existan dos o más sentencias en las que el TS haya resuelto sobre ese asunto o problema jurídico concreto en casos idénticos que se le presentaron.
- 2.º) Que el TS haya interpretado y aplicado la ley sobre ese asunto en el mismo sentido o de la misma manera en estas sentencias que resolvían estos casos idénticos.
Funciones de la Jurisprudencia
La jurisprudencia cumple las siguientes funciones:
- Interpretativa: Explica o aclara el sentido y alcance de las normas jurídicas.
- Integradora: Cubre lagunas legales cuando no hay norma aplicable al caso concreto.
- Función complementaria del ordenamiento jurídico: Según el art. 1.6 CC, la jurisprudencia complementa al Derecho mediante la doctrina reiterada del Tribunal Supremo.
- Valor casacional: Tiene valor en el Recurso de Casación, pues el Tribunal Supremo puede revocar sentencias que se aparten de su doctrina o que infrinjan su jurisprudencia reiterada.