Concepto y convenios
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EL SALARIO es la percepción que recibe una persona por realizar su actividad laboral por cuenta ajena.
Contribuye:
El periodo laboral: cuando este en el trabajo
El periodo de descanso diario, semanal, festivos y vacaciones.
El periodo de inactividad: ausencia justificada.
PAGO DEL SALARIO sera el día y en el lugar que se establezca en el convenio, pero nunca superior a 1mes.
SMI Salario mínimo interprofesional. Es lo mínimo que puede percibir menos las deducciones a tiempo completo.
es inembargable y lo decide el ministerio de trabajo.
FOGASA fondo de garantía salarial.
es una empresa autónoma, adscrita al misterio de trabajo. Se encarga de abonar parcialmente los sueldos adeudados de los empresarios a los trabajadores. Se financia con las aportaciones de las empresas de un 0.20%
EL RECIBO DE SALARIOS LA NOMINA
en el incluye todas las percepciones y descuentos, se entrega mes a mes a los trabajadores. Figurará también los anticipos.
COMPLEMENTOS SALARIALES:
PERSONALES: Antigüedad: bienios, trienios cantidad fija o en porcentaje.
complementos especiales: idiomas , títulos.
TRABAJO: Penosidad, Toxicidad, Peligrosidad, Turnicidad: compensar porr riesgo.
Noctunidad: se percibe por trabajar entre las 22:00 a 06:00.
Disponibilidad: localizable fuera de la jornada laboral y de inmediata incorporación
CALIDAD incentivos,primas,pluses actividad
Asistencia,puntualidad
H.Extraordinarias, son las que se realizan superando la duración max de la jornada
ordinaria. Retribución no inferior a la ordinaria,se suele compensar por descanso.
H.Complementarias, son las que superan las pactadas en los contratos indefinido a tiempo parcial.
PERCEPCIONES SALARIALES ( )
DE VENCIMIENTO Periódico SUPERIOR AL MES:
Paga extraordinaria: el trabajador tiene derecho a dos pagas al año .
Participación en beneficios: cantidad fija o porcentaje sobre los beneficios
Bonus: bonificación por alcanzar los objetivos.
SALARIO EN ESPECIE: consumo o obtención para fines particulares.
DE RESIDENCIA: en un lugar dterminado siempre que la persona fije su residencia
PERCEPCIONES NO SALARIALES:
Gastos de locomoción Quebranto de moneda
Pluses de transporte urbano y distancia Gastos de traslado
Gastos de manutención y estancia. Tickets resturante
Herramientas Incentivos jubilación
Prendas de trabajo seguros
SALARIO LÍQUIDO surge de descontar al importe total devengado las deducciones.
Cotización SEGURIDAD SOCIAL
el nacimiento de la obligación de cotizar empieza cuando se establece la relación de trabajador y persona que abona su suelo.
Todos los trabajadores y empresarios tienen la obligación de cotizar al régimen de la seguridad social y se extinguirá cuando ya no exista el vinculo laboral entre ellos.
Los trabajadores y empresarios cotizan para cubrir los riesgos
contigencias comunes
desempleo
formación profesional
fogasa
contingencias profesionales
contigencias horas extraordinarias
Cálculo IRPF
las empresas tienen que descontar en sus nominas unas cantidades en concepto de ingreso a cuenta de la liquidación IRPF que los trabajadores declararán al año siguiente
MODELO 145
porcentaje de retención a cada trabajador depende de elementos como el importe anual de las retribuciones , el estado civil y numero de decendientes y su edad
para conocer la situación personal y familiar de cada trabajador se entrega el 145 para que lo rellenen.
EXENTO DE IRPF
gastos de locomoción justificados no mas de 0.19€ ni cotiza ni tributa.
gastos de viaje y estancia ni cotiza ni tributa
fallecimientos
traslado
despedido
tikets de restaurante exentos de IRPF hasta 11€ siempre que le trbajador no perciba dietas exentas de tributación en ninguno de esos diás, a partir de 11€ tributará como rendimiento en especie.