Concepto, Clasificación y Estatuto Jurídico de las Organizaciones Internacionales

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T3 - Concepto y Clases de Organización Internacional (OI)

Definición de Organización Internacional

Las OI son asociaciones voluntarias de Estados, establecidas a través de un tratado internacional (TI), que disponen de órganos permanentes, propios e independientes. Estas entidades gestionan intereses colectivos y son capaces de expresar una voluntad jurídicamente distinta de la de sus Estados miembros.

Elementos constitutivos:

  • Composición esencialmente interestatal.
  • Base jurídica convencional.
  • Estructura orgánica permanente e independiente.

Clasificación de las Organizaciones Internacionales

  • A) Por su composición o participación:
    • Vocación universal: ONU, OIT, OMS, OMC.
    • Participación restringida: Limitadas a Estados que cumplen características o condiciones específicas.
  • B) Por sus fines:
    • Fines generales: La cooperación abarca cuestiones útiles y precisas para la consecución de sus objetivos.
    • Fines específicos: La cooperación se desarrolla exclusivamente sobre un sector concreto.
  • C) Por su método de cooperación:
    • De cooperación: Su objetivo es constituir un mecanismo para coordinar las actividades de los Estados y alcanzar fines comunes.
    • De integración: Los Estados ceden el ejercicio de competencias soberanas a la organización.

T3 - Estatuto Jurídico Internacional de las OI

1. Capacidad para celebrar Tratados Internacionales (TI)

Las organizaciones poseen capacidad para celebrar tratados con sus Estados miembros (EM), terceros Estados u otras organizaciones internacionales:

  • Regulada por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1986 y por las disposiciones de su tratado constitutivo.
  • Pueden celebrar tratados necesarios para cumplir sus objetivos, aplicando la doctrina de las competencias implícitas.
  • Destacan los acuerdos de sede y los acuerdos sobre privilegios e inmunidades.

2. Derecho de legación

Capacidad para recibir (pasivo) o enviar (activo) representantes diplomáticos.

3. Capacidad para participar en los procedimientos de solución de controversias internacionales

Las organizaciones internacionales tienen capacidad para intervenir en procedimientos mediante arreglo judicial, arbitraje y conciliación.

4. Derecho a participar en las relaciones de responsabilidad internacional

Las organizaciones pueden:

  • Hacer valer sus derechos mediante reclamaciones internacionales (responsabilidad activa).
  • Responder por la violación del Derecho Internacional (responsabilidad pasiva).

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