Competencias del pleno

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1.Las Entidades Locales Las Corporaciones Locales comprenden municipios y provincias.Nuestra Comunidad Autónoma como es uniprovincial, no existen las Diputaciones Provinciales.Antes de 1978 había una fuerte intervención del Estado. dos tipos de entidades locales:
oLas denominadas Entidades Locales Territoriales dentro de las cuales están:
oMunicipio
oProvincia
oIsla y otra serie de entes locales que pueden ser menores que el municipio y mayores que el municipio.
Menores que el municipio, las llamadas entidades menores, aquellas que tienen una población tan pequeña que no puedan mantener el staff de municipio.
También la Ley del 85 prevé ámbitos que superan al municipal (áreas metropolitanas y mancomunidades).
Áreas metropolitanas: el autobús urbano que se desplaza a varios pueblos (Villamediana, Lardero?).
Mancomunidad: dos pueblos muy pequeños para construir un polideportivo y una piscina para lo dos pueblos o más. Los Aytos se unen para gestionar los servicios. (agrupaciones de dos o más municipios que se unen para gestionar intereses comunes).
Estructura de la Administración Local (Municipio):oPoblación oTerritorio oOrganización municipal
Población: tiene la condición de vecino de un municipio quien se encuentre empadronado en ese municipio. Respecto del empadronamiento 3 ideas:
-Todas las personas que vivan en España tienen la obligación de empadronarse, del municipio en que resida habitualmente (por eso hay ahora esos problemas de los empadronamientos en municipios pequeños).
-El empadronamiento es obligatorio para todo tipo de personas con indiferencia de su nacionalidad.
-La inscripción en el padrón confiere automáticamente la condición de vecino de ese municipio.
Territorio: el municipio desde la perspectiva del Territorio es una entidad que ejerce sus competencias sobre una parte del territorio nacional que denominamos término municipal, de modo que todo el territorio nacional se haya dividido en términos municipales.
Organización municipal:oAlcalde oAyuntamiento Pleno oComisión de Gobierno.Cada uno de ellos con sus competencias y todos están en el mismo marco jurídico.
Ayuntamiento Pleno Está formado x concejales y uno de los cuales tiene la condición de alcalde.


El nº de concejales es variable, en función de la población municipal. Mínimo: 5 concejales xa Aytos. de hasta 250 habs residentes. Hasta 25 concejales en los municipios q no superen los 100.000 habs y x cada 100.000 habs más, un concejal más.se eligen Por sufragio universal entre los habs censados en ese municipio, cada 4 años mediante la presentación de listas cerradas x parte de los Partidos Políticos.
Competencias del Pleno: Corresponde al Pleno la decisión de las grandes cuestiones de la vida municipal. Y podemos clasificarlas en varias funciones:1.potestades normativas:capacidad de dictar normas. 2.control, del equipo del Gobierno municipal 3.potestades en materia organizativa: aprobación de la plantilla municipal, creación de mancomunidades con otro Ayto 4.competencias en materia financiera: la determinación de los tributos municipales, la LHL .Alcalde Tiene la condición de Presidente de la corporación municipal y los ciudadanos no elegimos al Alcalde (elegimos a los q lo eligen).
Se elige x el Pleno de entre uno de sus miembros y sólo pueden optar al puesto de Alcalde los cabezas de lista de cada partido, los q configuren en primer lugar en las listas electorales. Los ciudadanos elegimos las listas y esas listas forman el Pleno y del seno del Pleno sale electo el Alcalde.
Competencias del Alcalde:1.presidir el Ayto Pleno.2.ostentar la representación máxima del Ayto.3.expresa ante terceros la voluntad del Ayto.4.dictar bandos (no son normas jurídicas, sino recordatorios de las Ordenanzas).5.el jefe de la Policía Local.6.ser el jefe del Ejecutivo Municipal. Funciones: a.inspeccionar obras y servicios del Ayto.b.disponer gastos y ordenar pagos.c.Adquirir y vender bienes y servicios q no superen cierta cuantía (a partir de una cuantía debe ser competencia del Ayto).d.Ejerce la jefatura de todo el personal del Ayto.
e.Imposición de sanciones intra y extra Ayto. a sus trabajadores y a los ciudadanos.f.Otorgamiento de licencias.g.Ejerce acciones judiciales en nombre del Ayto.
Comisión de Gobierno :debe existir en los municipios de + de 5000 habs (si hay menos, puede haber pero no es obligatorio).
Composición: Está formada x el Alcalde, y de un nº de concejales nunca superior a 1/3 de los concejales totales Reciben el nombre de Teniente de Alcalde.Competencias: Carece de competencias propias y tendrá aquellas competencias q corresponden al Alcalde o al Pleno y q ambos deleguen en la Comisión, Comisión informativa La Comisión Informativa existe en los municipios de más de 5000 habs y su función es la de preparación del Pleno.

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