Comité Paritario de Higiene y Seguridad: Funciones, Constitución y Requisitos

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¿Qué es el Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS)?

Es una entidad técnica y práctica, encargada de velar por la seguridad e integridad física de los trabajadores pertenecientes a una empresa. Funciona como un espacio de participación entre la empresa y los trabajadores para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.

Constitución del Comité Paritario

Se rige bajo la Ley 16.744, Art. 66 y el Decreto Supremo N.º 54. Toda empresa, faena, sucursal o agencia en la que trabajen más de 25 personas deberá constituir obligatoriamente un comité paritario.

Principales funciones del CPHS

  • Instruir sobre la correcta utilización de equipos de protección personal.
  • Vigilar el cumplimiento de medidas de prevención de higiene y seguridad.
  • Investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales en la empresa.
  • Decidir sobre la existencia de negligencia inexcusable.
  • Adoptar medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos profesionales.
  • Cumplir funciones encomendadas por el organismo administrador.
  • Promover la capacitación de los trabajadores.

Requisitos para ser miembro

  • Tener más de 18 años.
  • Saber leer y escribir.
  • Contar con un año de antigüedad en el trabajo.
  • Realizar cursos de orientación en prevención de riesgos.

Integración del Comité Paritario

El comité se compone de la siguiente manera:

  • Representantes de la empresa: 3 titulares y 3 suplentes.
  • Representantes de los trabajadores: 3 titulares y 3 suplentes.

Designación de los representantes de la empresa

Estos serán designados directamente por la empresa (máxima autoridad de la empresa, sucursal o faena), nombrando a los 3 titulares y a los 3 suplentes.

Elección de los representantes de los trabajadores

  1. Se inscriben todos los trabajadores interesados en participar en el Comité Paritario que cumplan con los requisitos exigidos.
  2. Se eligen mediante votación secreta y directa.
  3. De los resultados obtenidos, se considerarán elegidos como:
    • Titulares: Las personas que obtengan las 3 más altas mayorías.
    • Suplentes: Los 3 que sigan en orden decreciente de sufragios.
  4. En caso de empate, se dirimirá por sorteo.

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