1.- LOCALIZACIÓN
Tipo de texto
: según la fuente es un texto histórico primario; según la forma es un dicurso parlamentario y según el tema es un texto social.Autor: individual. Se trata de Clara Campoamor. Política española, pionera de la militancia feminista (Madrid, 1888 – Lausana, 1972).Destino: está dirigido a un colectivo y su finalidad es pública.Época: Madrid, 1 de Septiembre de 1931, en el Palacio de las Cortes.
2.- ANÁLISIS
El tema central es la reivindicación de los derechos de la mujer y las principales ideas hacen referencia a los motivos de la propuesta de estos derechos y defensa del derecho al sufragio femenino. Ampliamos brevemente cada una de estas ideas.El texto nos presenta unos fragmentos de una de las intervenciones de Clara Campoamor en el Congreso de los Diputados dentro de los debates sobre el proyecto de Constitución presentado por Luis Jiménez de Asúa.En el primero de los párrafos argumenta contra diversos principios (“el trasnochado principio aristotélico”) que avalan la desigualdad entre hombres y mujeres indicando que, como ser humano, tiene los mismos derechos que el hombre. Por ello, la Constitución (“derecho constituyente, como norma jurídica”) debe garantizar dicha igualdad.En el segundo de los párrafos anima a los parlamentarios a asumir el sufragio femenino.
3.- CONTEXTUALIZACIÓN
Proclamada ilegalmente la II República en Abril de 1931 y marchado al exilio el rey Alfonso XIII (sin renunciar a sus derechos) se constituye un Gobierno Provisional formado por los líderes de aquellos partidos que habían firmado el “Pacto de San Sebastián” (17 de Agosto de 1930). Su principal labor será convocar elecciones para Cortes Constituyentes (Junio de 1931). De ellas salíó triunfadora una coalición formada por republicanos y socialistas cuya primera tarea será la redacción de una nueva Constitución. Para su discusión se aprobó el anteproyecto presentado por una comisión parlamentaria presidida por el abogado socialista Luis Jiménez de Asúa.Las discusiones fueron muy intensas, especialmente en lo referente a la “cuestión religiosa”. Mención especial, dada la naturaleza del texto que comentamos, tiene el tema de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y, en consecuencia, el referente al sufragio. En las Cortes únicamente había dos mujeres de un total de 465 diputados: Clara Campoamor (Partido Radical) y Victoria Kent (Izquierda Republicana). A finales de aquel mismo año ingresó Margarita Nelken (Partido Socialista). De las tres, Clara Campoamor, abogada, fue la que más se implicó en la defensa de los derechos de la mujer y desempeñó un papel importante en el debate acerca del sufragio femenino.
CONCLUSIONES
Tras haber analizado el texto, finalizaremos nuestro comentario con unas breves conclusiones, señalando aquellos aspectos más significativos y su importancia para la historia.1) El proyecto de Constitución fue presentado en Cortes el 27 de Agosto de 1931 y aprobado, con algunas modificaciones, el 9 de Diciembre. Estaba inspirada fundamentalmente en las de Méjico (1917), Rusia (1918) y la República de Weimar (1919).2) Uno de los puntos del debate parlamentario se centró en la igualdad de derechos de los ciudadanos y, dentro de ellos, el derecho al voto de la mujer. Clara Campoamor tuvo una singular importancia en la defensa de los mismos.3) El documento ha sido muy importante en la historia, pero sobre todo para las mujeres fue un paso muy grande conseguir la igualdad con el hombre y no estar al margen de todo, fue una gratificación muy grande, que las mujeres podrían ir a votar, opinar… Pero esta alegría duro poco puesto que después en la Guerra Civil y en el franquismo se les volvíó a dejar de lado.