Claves sobre Prestaciones de la Seguridad Social: Incapacidad y Maternidad
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Prestaciones del Sistema de la Seguridad Social: Incapacidad y Maternidad
Incapacidad Temporal (IT)
- 1. Prestación en caso de IT: El sistema de la Seguridad Social dispensa un subsidio económico y la prestación de asistencia sanitaria.
- 2. IT derivada de Contingencias Comunes (CC): Todas las respuestas son correctas.
- 3. Nacimiento del derecho al subsidio (Accidente laboral o enfermedad profesional): El derecho nace el día siguiente al de la baja.
- 4. Nacimiento del derecho al subsidio (Accidente no laboral o enfermedad común): El derecho nace el cuarto día de la baja.
- 5. Duración por periodo de observación de enfermedad profesional: Es de 6 meses, prorrogables por otros 6.
- 6. Extinción del contrato durante la IT derivada de Contingencias Profesionales (CP): Las opciones b) y c) son correctas.
- 7. Nuevo proceso de IT por la misma o similar patología: Podrá generarse si la nueva baja y la última alta médica están separadas entre sí por más de 180 días de actividad laboral.
Incapacidad Permanente (IP)
- 8. Fecha de emisión del parte de alta médica con propuesta de IP: Coincide con la fecha de la resolución del INSS que califica la IP en el grado correspondiente.
- 9. Incapacidad Permanente Total (IPT) "cualificada": Da derecho a una pensión mensual equivalente al 55% de la Base Reguladora (BR) más un 20%.
- 10. Incapacidad Permanente Parcial (IPP): Todas las respuestas son correctas.
- 11. Acceso desde situación de NO ALTA: Solo es posible acceder a las pensiones de IP absoluta y gran invalidez derivadas de contingencias comunes.
- 12. Prestación económica de la IPT: Consiste en una pensión vitalicia equivalente al 55% de la BR, la cual puede sustituirse por tanto alzado (a partir de los 60 años).
- 13. Prestación económica de la IPA (Incapacidad Permanente Absoluta): Consiste en una pensión vitalicia mensual equivalente al 100% de la BR.
- 14. Acceso a pensiones de IP derivadas de accidente de trabajo: No es preciso acreditar periodo de cotización.
Prestaciones por Maternidad y Paternidad
- 15. Prestación económica por maternidad (modalidad no contributiva): Consiste en una cantidad máxima del 100% del IPREM (durante 42 días naturales).
- 16. Disfrute a tiempo parcial del descanso por maternidad: NO es posible durante las 6 semanas posteriores al parto.
- 17. Periodo previo de cotización para la prestación por paternidad: Se exige según la edad del beneficiario (más de 21 años; con 20 años no se exige).
- 18. Similitudes entre prestación por paternidad y maternidad: Todas las respuestas son correctas.