Claves para la Elección de la Forma Jurídica y Fundamentos Tributarios

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1. Factores para elegir la forma jurídica

Al constituir una empresa, es fundamental evaluar diversos criterios que determinarán la estructura legal más adecuada:

  • Capital social: La cantidad de bienes o dinero que se deseen aportar determinará la elección de ciertas formas jurídicas.
  • Responsabilidad de los socios: Una empresa se crea con el objetivo de perdurar en el tiempo; sin embargo, ante posibles insolvencias, los socios deben decidir si responderán a las pérdidas únicamente con la aportación realizada o con todo su patrimonio personal.
  • Recursos financieros: La inversión necesaria para el desarrollo de la actividad varía drásticamente; por ejemplo, los requerimientos de capital de una empresa constructora superan significativamente los de un fontanero que opera como autónomo.
  • Control de los fundadores: Si los socios fundadores desean mantener el control frente a la entrada de nuevos inversores, deberán elegir la estructura societaria más conveniente, como la Sociedad Limitada (S.L.).
  • Forma de remuneración: Si los socios buscan una remuneración específica, la creación de una S.R.L. o una S.A. suele ser la opción más adecuada.
  • Costes y beneficios fiscales: El pago de impuestos es un factor determinante, ya que no todas las empresas soportan las mismas cargas sociales.

2. Aspectos conceptuales comunes a todos los impuestos

Para comprender el marco tributario, es necesario dominar los siguientes conceptos:

  • Domicilio fiscal: Es el domicilio a efectos tributarios; para las personas físicas es su residencia habitual y para las jurídicas, su domicilio social.
  • Sujeto pasivo: La persona natural o jurídica obligada al cumplimiento del pago del tributo.
  • Base liquidable: Es el resultado neto de la actividad económica sobre el cual se calcula el impuesto.
  • Tipo de gravamen: Es el porcentaje que corresponde aplicar sobre la base liquidable para determinar la cuota.
  • Cuota tributaria o íntegra: Se determina en función del gravamen, según la cantidad fija establecida o el porcentaje aplicado sobre la base liquidable.
  • Deuda tributaria: Está constituida por la suma de la cuota tributaria, los recargos exigidos y los intereses de demora, entre otros conceptos.

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