Clasificación y Régimen Jurídico de los Bienes Muebles e Inmuebles

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Los Bienes y su Clasificación Jurídica

Bienes: Son los objetos susceptibles de una valoración; también se les llama "cosas" a los bienes, de acuerdo con el Artículo 525 del Código Civil.

Clases de Bienes

Bienes Muebles

Es aquel que, por sí mismo, por medios propios o mediante una fuerza externa, es movible o transportable de un lado a otro, siempre y cuando el ordenamiento jurídico no le haya conferido carácter de inmueble por accesión. Con esto último se quiere decir que se consideran también muebles a los bienes semovientes. También se consideran así a las partes sólidas o fluidas que estén separadas del suelo (como las piedras, tierras, metales, etc.).

Bienes Inmuebles

Es aquel que no puede ser trasladado de un lugar a otro.

Disposiciones Legales

Artículo 525

"Las cosas que pueden ser objeto de propiedad pública o privada son bienes muebles e inmuebles". Como podemos observar, el legislador considera la existencia de los bienes muebles e inmuebles, no queriendo decir que desconozca la existencia de otros tipos de bienes, sino que los incluye en las características de estos dos tipos de bienes principales.

De los Bienes Inmuebles

Por su naturaleza (Artículo 526)

  • Los terrenos, minas, edificios y toda construcción adherida de modo permanente a la tierra o que sea parte de un edificio.
  • Los árboles mientras no hayan sido derribados.
  • Los frutos de la tierra y de los árboles, mientras no hayan sido cosechados o separados del suelo.
  • Los hatos, rebaños, piaras y cualquier otro conjunto de animales de cría, mansos o bravíos, mientras no sean separados de sus pastos o criaderos.
  • Las lagunas, estanques, manantiales, aljibes y toda agua corriente.
  • Los acueductos y canales que conducen el agua a un edificio o terreno y forman parte del edificio o terreno al que las aguas se destinan.

Por su destinación (Artículo 528)

Son inmuebles por su destinación las cosas que el propietario del suelo ha puesto en él para su uso, cultivo y beneficio:

  • Los animales destinados a su labranza.
  • Los instrumentos rurales.
  • Las simientes.
  • Los forrajes y abonos.
  • Las prensas, calderas, alambiques, cubas y toneles.
  • Los viveros de animales.

Asociaciones y Sociedades

Existen entidades que persiguen un fin de lucro para ellos mismos; por ejemplo: los clubes, una agrupación de carácter científico, etc.

Sociedades

Se caracterizan por ser personas de derecho privado, cuyos miembros persiguen un fin de lucro para ellos mismos.

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