Clasificación y principios de las asociaciones sindicales: grados, tipos y derechos laborales
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En función del grado de las asociaciones
- De primer grado: Son los llamados sindicatos o uniones.
- De segundo grado: Reúnen asociaciones de primer grado y se denominan federaciones.
- De tercer grado: Incluyen las confederaciones que agrupan a las asociaciones de primer grado y a las de segundo grado (por ejemplo, la CGT).
En función de los trabajadores
Sindicatos horizontales
Agrupan trabajadores de un mismo oficio, arte o profesión, aunque se desempeñen en actividades distintas (p. ej., viajantes de comercio, camioneros).
Sindicatos verticales
Reúnen a los trabajadores de una misma actividad (industria o servicio) o de actividades afines.
Tipos y principios
Subsidiariedad
Subsidiariedad: es uno de los principios esenciales del derecho colectivo del trabajo y fue introducido por las encíclicas papales. Se refiere a la necesidad de que determinadas cuestiones sean manejadas por las comunidades inferiores, mientras que el Estado y las comunidades superiores deben colaborar en esa función e intervenir en caso de que exceda la capacidad o la competencia de la comunidad inferior.
Este principio tiene por finalidad alcanzar el bienestar general; para ello adquieren un papel preponderante los convenios colectivos.
Libertad sindical
Libertad sindical: la libertad sindical está constituida por el conjunto de derechos y garantías que actúan tanto en el plano individual como en el colectivo.
- Libertad individual: consiste en la posibilidad del trabajador de afiliarse a un sindicato, de no hacerlo o de desafiliarse.
- Aspecto colectivo: se refleja en la facultad de la asociación sindical de regir su funcionamiento en forma autónoma e independiente de la intervención del Estado y de los empleadores.
Autonomía colectiva o autarquía sindical
Autonomía colectiva o autarquía sindical: es el derecho de la entidad sindical de constituirse y regir sus destinos autónomamente por medio del dictado de sus estatutos, estableciendo su propio régimen disciplinario y de administración. Puede discutir y pactar, con las entidades de empleadores, convenios colectivos de trabajo y promover acciones directas como el ejercicio del derecho de huelga. La autonomía está amparada por el Art. 14 bis de la Constitución Nacional (CN).
La intervención de un sindicato sólo puede ser dispuesta judicialmente en caso de emergencia institucional grave que ponga en peligro la subsistencia de la organización.
Democracia sindical
Democracia sindical:
Ley 23.551
Art. 8
Las asociaciones sindicales garantizarán la efectiva democracia interna. Sus estatutos deberán garantizar:
- Una fluida comunicación entre los órganos internos de la asociación y sus afiliados.
- Que los delegados a los órganos deliberativos obren con mandato de sus representados y les informen luego de su gestión.
- La efectiva participación de todos los afiliados en la vida de la asociación, garantizando la elección directa de los cuerpos directivos en los sindicatos locales y seccionales.
- La representación de las minorías en los cuerpos deliberativos.