Clasificación de las Estipulaciones en el Derecho Romano: Tipos y Aplicaciones

Enviado por Comunidad Xuletas y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,71 KB

1. Tipos o división de las estipulaciones

Estipulaciones judiciales

Son estipulaciones forzadas que se producen en el marco de un proceso y, por tanto, impuestas por el Iudex:

  • La cautio iudicatum solvi: utilizada en las acciones reales.
  • La cautio ex operis novi nuntiatione: a favor del vecino perjudicado por una obra nueva en el supuesto de fallo a su favor.
  • Estipulación por dolo: utilizada para el cese de la acción de dolo, siendo eventualmente sustituida por la acción que se deriva de la estipulación; o la de dolo malo, cuando se litiga la devolución de una cosa para que el poseedor responda por deterioro o pérdida.
  • Garantía de esclavos: ideada para garantizar que el esclavo dado en dote, legado o que fuera sustraído, sea devuelto por aquel que alega su fuga para eludir su responsabilidad.

Estipulaciones pretorianas

Las estipulaciones de este tipo se producen en el periodo del procedimiento formulario solo por parte del Magistrado. Este exige las promesas estipulatorias que considere necesarias para asegurar una acción futura por un perjuicio eventual, en relación o no con un juicio actual.

  • Permiten al praetor obligar civilmente a determinadas personas que antes de ejecutar la acción no existían.
  • Son extensivas también a las actuaciones de los ediles curules y se registra algún caso con intervención del tribuno de la plebe.
  • Entran en la categoría de los contratos verbales y tienen el beneficio de proporcionar una ventaja a favor del estipulante que el derecho común no da.

El ejemplo perfecto es aquella instituida para conservar legados o fideicomisos constituidos por testamento. También se pueden enumerar la cautio damni infecti, la cautio legatorum servandorum gratia, la cautio iudicatum solvi, la cautio usufructuaria y la collatio bonorum.

Estipulaciones comunes

Se imponen en el ámbito del praetor y Iudex indistintamente, como en el caso de la cautio rem pupilli salvam fore, igualmente inscrita como judicial y pretoria, en que al principio de la tutela la puede imponer el praetor a los tutores legítimos o dativos; o, ya en juicio, la exige el Iudex cuando el tutor intenta la acción contraria. También la caución de válido procurador que exige el praetor o Iudex, dependiendo de si es antes o posterior a la contestación del pleito.

Estipulaciones convencionales

Se originan por la libre voluntad de las partes, sin la intervención de un tercero.