Clasificación de los delitos: tipos, modalidades y grados de participación
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Relación psíquica entre sujeto y su acto
- Delito preterintencional o ultraintencional: se desea cometer un delito, pero resulta otro más grave.
Por el número de personas
- Delitos individuales: una sola persona.
- Delitos colectivos: tres personas o más.
Por la unidad del acto y pluralidad del resultado
- Concurso ideal: una sola acción vulnera varios bienes jurídicos.
- Concurso real: dos o más acciones dan lugar a dos o más delitos.
Por el resultado
- Delitos formales: el tipo penal se agota en el movimiento corporal o en la omisión del agente; se produce la alteración del bien jurídico protegido.
- Delitos materiales: para su integración se requiere la detracción, destrucción o entrega del objeto material.
Por la agresión que causan
- Delitos de daño: consumados, causan un daño directo y efectivo al bien jurídico.
- Delitos de peligro: no causan un daño efectivo, pero ponen en peligro intereses jurídicos.
Por su duración o ejecución
- Instantáneos: se consuman en un mismo momento.
- Instantáneos con efectos permanentes: producen consecuencias duraderas (ej.: lesiones, fraude).
- Continuados: se dan varias acciones continuadas que generan una sola lesión jurídica (ej.: series de robos realizados en un mismo plan).
- Permanentes: la acción delictiva se prolonga en el tiempo y vulnera el derecho de forma continuada (ej.: secuestro).
Por el elemento interno o culpabilidad
- Delitos dolosos: existe la voluntad de realizar la conducta prohibida.
- Delitos culposos: no se quiere el resultado, pero este surge por falta de precauciones o negligencia.
Delitos simples y complejos
- Simples: la lesión jurídica es única.
- Complejos: dos infracciones cuya fusión da nacimiento a una figura delictiva propia.
Delitos unisubsistentes y plurisubsistentes
- Unisubsistentes: la lesión jurídica es única.
- Plurisubsistentes: se derivan varios hechos de un mismo acto (ej.: votar dos veces en la misma elección).
Delitos unisubjetivos y plurisubjetivos
- Unisubjetivo: el delito ocurre por la acción de una sola persona (ej.: robo individual).
- Plurisubjetivo: participan dos o más personas para cometer el delito.
Por su forma de persecución
- De oficio: delito que pone en riesgo a la sociedad y que debe ser perseguido por la autoridad sin necesidad de denuncia del sujeto pasivo.
- Por querella: el sujeto pasivo debe acudir a la autoridad para denunciar el ilícito; la acción persecutoria puede depender del interés del sujeto pasivo y terminará cuando éste satisfaga sus intereses.
Por su ordenación metódica
- Básico o fundamental: sirve de base y de él se derivan otros tipos.
- Especial: se deriva del básico; incluye elementos adicionales que le dan entidad propia.
- Complementario: el básico con otros aspectos que lo agravan o atenúan.
Por su composición
- Normal: la descripción legal contiene elementos objetivos claros.
- Anormal: se integran elementos objetivos, subjetivos o normativos atípicos.
Por su autonomía
- Autónomo: existe por sí solo.
- Subordinado: su existencia depende de otro delito.
Por su formulación
- Casuístico: plantea hipótesis concretas para su integración.
Por la descripción de sus elementos
- Descriptivo: describe con detalle los elementos que debe contener el tipo penal.
- Normativo: se refiere a lo antijurídico en términos normativos.
- Subjetivo: se refiere a la intención del sujeto activo (conducta).
Desarrollo del delito
- Etapa interna: ideación, deliberación.
- Tentativa: actos materiales dirigidos a ejecutar un delito; puede ser acabada o inacabada.
- Desistimiento: renuncia a continuar la ejecución del delito; concepto vinculado a la extinción o atenuación de la responsabilidad en ciertos supuestos.
- Punibilidad: existencia de la amenaza de una pena prevista por la ley.
- Punición: determinación de la pena concreta.
- Pena: restricción de derechos que se impone al autor de un delito.
Grados de participación
- Autoría: persona física que realiza la conducta típica material o intelectual.
- Autor material: quien de manera directa y material realiza la conducta.
- Autor intelectual: persona o personas que idean, dirigen y planean el delito.
- Complicidad: personas que, de manera indirecta, ayudan a la comisión del delito.
- Provocación o determinación: quien utiliza o aprovecha la idea de otra persona para inducirla a delinquir.
- Mandato: ordenar a otras personas que cometan el delito.
- Orden: especie de mandato en la que un superior ordena al inferior.
- Coacción: fuerza o intimidación para obligar a cometer el delito.
- Consejo (instigación): instigar a alguien a cometer el delito.
- Asociación: convenio de varios sujetos para cometer el delito.
Figuras delictivas
- Encubrimiento: auxilio posterior que se brinda al delincuente.
- Asociación delictuosa: se integra por un grupo de tres o más personas que se asocian con el propósito de delinquir.
- Pandilla: reunión habitual, ocasional o transitoria de tres o más personas que, con o sin el propósito de cometer delitos, cometen uno en común.
- Delincuencia organizada: dos o más personas se organizan para realizar de forma permanente conductas que tienen como fin la comisión de delitos graves (ej.: narcotráfico, secuestro).