Certificación Forestal y Gestión Sostenible: Conceptos y Normativa

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1. Conceptos Fundamentales de la Certificación Forestal

  • ¿Qué aspectos abarca? La certificación de la gestión forestal y la certificación de la cadena de custodia.
  • Objetivo principal: Garantizar la gestión sostenible de los bosques.
  • ¿Quién la realiza? Una auditoría externa.
  • Naturaleza del proceso: Es un proceso voluntario.
  • Beneficio al consumidor: Asegura la compra de productos provenientes de bosques gestionados de forma sostenible.
  • Compromiso del propietario: Seguir un código de buenas prácticas.

Proceso para CMVMC

Si una CMVMC decide producir y certificar madera de calidad, debe seguir estos pasos:

  1. Elaborar un plan de gestión sostenible.
  2. Cumplir las normas de certificación.
  3. Elegir entre PEFC o FSC.
  4. Pasar una auditoría externa.
  5. Obtener el certificado.

Comparativa: PEFC vs. FSC

  • PEFC: Más basado en sistemas nacionales (España, Galicia).
  • FSC: Más internacional y vinculado a ONGs ambientales.
  • Ambos certifican la gestión sostenible y la cadena de custodia.

2. Cadena de Custodia

Control de la madera desde el monte, pasando por el aserradero y la fábrica, hasta el consumidor. Su función es garantizar que no se mezcle madera certificada con madera no certificada.

3. Participantes y Plan de Gestión

  • Participantes: Propietario/CMVMC/empresa forestal, entidad certificadora independiente, auditores externos y entidades PEFC/FSC.
  • Plan de Gestión: Es un requisito indispensable. Puede ser un plan de ordenación, plan técnico o plan simple (<25 ha). Incluye: inventario, cortas, planificación, infraestructuras y cartografía.

4. Ventajas de la Certificación

  • Mejor precio de la madera.
  • Acceso a nuevos mercados.
  • Mejora de la imagen ambiental.
  • Control y trazabilidad.
  • Uso responsable del monte.

5. Normativa y Procedimientos Administrativos

Exenciones en el aprovechamiento

No se requiere solicitud en casos de emergencia o riesgo inmediato (árboles caídos, peligro de caída, daños por viento, nieve, incendios o plagas graves) o para garantizar la seguridad de personas, bienes o infraestructuras. En estos casos, puede ser obligatorio comunicar la actuación a posteriori a la Administración forestal.

Plazo de ejecución: Una vez notificada la autorización, el plazo es de 1 año.

Tipos de trámites

  • Declaración Responsable (DR): Para aprovechamientos ordinarios sin afección ambiental grave (coníferas y eucalipto). Se aplica generalmente cuando existe un instrumento de ordenación forestal.
  • Autorización: Para situaciones de mayor impacto o protección especial (frondosas autóctonas, Red Natura/ZEPA, zonas quemadas recientemente).
  • Otras Administraciones: Cuando la competencia no es de Medio Rural (ej. ríos, riberas y dominio público hidráulico).
  • Exento / Simplificado: Para actuaciones de muy bajo impacto, como leña de autoconsumo o volúmenes reducidos (<10 m³).

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