CEPAL, el Porfiriato y la Constitución Mexicana: Conceptos Clave

Enviado por Chuletator online y clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 2,82 KB

1. ¿Qué es la CEPAL?

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) fue establecida por la resolución 106 (VI) del Consejo Económico y Social, el 25 de febrero de 1948, comenzando a funcionar ese mismo año. Se fundó para contribuir al desarrollo económico de América Latina, coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo. Posteriormente, su labor se amplió a los países del Caribe y se incorporó el objetivo de promover el desarrollo social.

2. Características sobresalientes durante el Porfiriato

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de este periodo histórico en diversas áreas:

Ámbito Político

  • Reducción de garantías y libertades individuales.
  • Centralización del poder.

Ámbito Económico

  • Inversiones extranjeras.
  • Explotación de materias primas.

Ámbito Social

  • Creación de mercado público.
  • Nuevos servicios de comunicación y transporte.

Cultura

  • Fundación de teatros y museos.
  • Predominio de temas religiosos en la pintura.

Tecnología

  • Introducción del automóvil e instalación de la industria automotriz.
  • Desarrollo de la industria petrolera, base de la economía de la época.

Ciencia

  • Desarrollo de vacunas y sueros.
  • Descubrimiento y avance de la microbiología.

3. Artículos constitucionales relevantes

Resumen de artículos fundamentales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

  • Artículo 3º: Todo individuo tiene derecho a recibir educación.
  • Artículo 27º: La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación.
  • Artículo 28º: En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes.
  • Artículo 39º: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo.
  • Artículo 89º: Establece las facultades y obligaciones del presidente, entre las que destacan:
    • II: Nombrar y remover libremente a los secretarios del Despacho.
    • VIII: Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
  • Artículo 130º: Corresponde a los Poderes Federales ejercer, en materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las leyes.

Entradas relacionadas: