Cayo y Ticio

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La usucapión del ternero de la vaca hurtada


PERSONAS:

Cayo: es el propietario de la vaca.
Ticio: es el ladrón de la vaca. (Vaca que es propiedad de Cayo).Sempronio: comprador que adquiere la vaca robada por Ticio. Calixto: comprador del ternero nacido de la vaca que le vende Sempronio.  Casio: heredero de Ticio. Disfrutan de derechos como la acción en negocios, otorgar testamento, contraer matrimonio, participar en votaciones públicas…

COSAS:

VACA Y TERNERO: Son corporales, no divisibles, simples, especificas, fungibles y consumibles. Tanto la vaca como el ternero, al ser un animal doméstico, es susceptible de aprobación. Y por último, el ternero específicamente, es fruto natural, debido a que es nacido de la vaca. LECHE: al igual que el ternero también es fruto natural, ya que esta también proviene de la vaca. La leche es cosa corporal, divisible, genérica, fungible y consumible.

INSTITUCIONES:


Propiedad (propietas) y posesión:

La propiedad es la facultas de disposición o podersobre las cosas. El propietario ostenta 4 facultades: uti, frui, habere, possidere. En este caso Cayo es el propietario de la vaca y  Sempronio el poseedor actual, comprador de buena fe.

Compraventa:

Hay dos:La de Ticio con Sempronio que tiene como objeto la vaca hurtada. La de Sempronio con Calixto que tiene como objeto el ternero.

Adquisición de frutos

En este caso los frutos son la leche y el ternero. Estos perteneces a Sempronio, comprador de buena fe. Posteriormente, este ternero lo vende a Calixto.

Hurto

Ticio comete la acción de hurto concurriendo los dos requisitos:

Contrectatio:

Ticio se lleva la vaca de Cayo, la cambia de lugar.

Animus furandi

Ticio tiene la voluntad y es consciente del acto de hurta una cosa ajena.

Herencia y transmisión de obligaciones penales

En este caso concreto, observamos como Ticio muere, pero deja un heredero, Casio. Sin embargo, siendo Ticio el autor del hurto, ¿qué responsabilidad tendría Casio respecto a éste? Pues bien, las obligaciones derivadas de delitos no son transmisibles. Por tanto, Casio no sucede a Ticio en la responsabilidad penal del hurto de la vaca. Sin embargo,  la obligación que surge del contrato de compraventa de la vaca hurtada entre Ticio y Sempronio, sí se transmite. Por ello, Casio debe responder ante Sempronio en el caso en que éste último se vea desposeído de la vaca por su propietario.

Usucapión de res furtiva (cosa robada

: En este caso existe la duda de que dos cosas pueden ser objetos de usucapión: la vaca y el ternero. Referente a la vaca, cabe decir que el propietario sigue siendo Cayo, ya que Sempronio no puede adquirirla por usucapión al tratarse de una cosa robada. Sempronio tendrá que devolver la vaca a Cayo si éste usa el acto reivindicatorio. Por otro lado, Sempronio tiene derecho sobre los frutos que la vaca produjo antes de la litis contestatio.

ACCIONES:

De Cayo:

Reivindicatio

A lo que a la vaca respecta, Cayo puede ejercitar la reivindicatio para reclamar que Sempronio, actual poseedor de la vaca, se la devuelva. Respecto de los frutos de la vaca, debemos distinguir entre dos tipos: la vaca y el ternero. El ladrón que adquiríó la vaca de mala fe no tiene derecho a los frutos; por ello el ladrón debería devolver a Cayo el ternero o el valor de su venta. No obstante, la vaca concibió al ternero estando en manos de Ticio, por lo que ahora el poseedor de buena fe que compró la vaca tiene derechos sobre los frutos producidos por la vaca antes de la Litis contestati, de tal manera que Sempronio es el propietario del ternero. En consecuencia, Cayo no puede exigirle ni a Sempronio ni a Calixto el ternero. De Sempronio:

Actio Empti

Mediante esta acción Sempronio (comprador) puede exigir a Ticio (vendedor) que le devuelva el precio pagado por la vaca más una compensación por los daños y perjuicios ocasionados; puesto que Ticio está muerto, quien responde ante el contrato de compraventa es Casio (el heredero).De Calixto:

Actio Empti

Calixto no puede ser desposeído del ternero porque el ternero no ha sido robado, no es una res furtiva. Además este actúa de buena fe comprando el ternero a su propietario, Sempronio. Por tanto, no puede llevar a cabo esta acción.

CONCLUSIONES:

Cayo puede exigir a Sempronio que le devuelva la res furtiva, esto es, la vaca, aunque éste lo comprara de buena fe. Por tanto, Sempronio puede exigir a Casio, ya que Ticio está muerto, que le devuelva el precio pagado por la vaca además de una compensación por los daños y perjuicios ocasionados.Además, nadie puede exigir nada a Ticio, porque está muerto. Y, dado que la responsabilidad penal no se trasmite a los herederos, Cayo tampoco puede ejercitar la actio furti frente a Casio.

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