Características del negocio jurídico
Tema # 6
Concepto de reconocimiento
Es el acto jurídico unilateral que emana de un sujeto de DIP por el cual este califico como legal y legitimo, en sentido jurídico, un determinado hecho, Status o acto y, por tanto, también legales y legítimos los efectos que de ellos emana
Tres carácterísticas del reconocimiento
Es un acto unilateral, en el sentido de que el acto es perfecto y produce todos sus efectos por la sola y exclusiva voluntad de quien lo realiza.
Es un acto libre y discrecional, en el sentido de que todo sujeto de DIP es libre de admitir o no que un ente internacional es o no sujeto de DIP, tiene o no determinados derechos, o tiene aptitud de ejercer por si mismo los deberes y derechos de los cuales es titular.
Es un acto irrevocable, en el sentido de que una vez admitido por un sujeto de DIP l condición de sujeto de un ente o actor internacional, la subjetividad jurídica internacional creada para surtir efectos respecto al sujeto que reconoce, se independiza del acto mismo que le dio origen y no puede ser revocada, lo que no quiere que no valga dicha subjetividad sino para el sujeto reconociente.
Concepto de reconocimiento de estado
Es el reconocimiento pleno o mayor y tiene lugar cuando se forma un nuevo estado, cuando se constata la existencia de sus tres elementos esenciales (población, territorio y gobierno)
Concepto de reconocimiento de gobierno
Es el acto mediante el cual un gobierno da efecto, surgido generalmente de un golde de estado, es reconocido como tal y, en consecuencia, pueden establecer con las relaciones diplomáticas por ofrecer ciertas seguridades de estabilidad en lo interior así como también en el cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos con anterioridad.