Cálculo de Finiquitos, Indemnizaciones y Prestaciones por Desempleo
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1. Cálculo del Finiquito
El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes que la empresa debe al trabajador al finalizar su contrato.
Salario neto mensual
- Salario bruto: Salario Base (SB) + Complementos + PPE = Bruto mensual.
- Si no trabajó el mes completo: Bruto mensual ÷ 30 × días trabajados.
- Deducciones: SS = Bruto × 6,5% (temporal: 6,35%) | IRPF = Bruto × %.
- Cálculo final: Bruto − (SS + IRPF) = NETO MES.
Pagas extra
Parte proporcional: Días trabajados desde la última paga × (importe paga ÷ días del período).
Vacaciones no disfrutadas
- Días de vacaciones: (Días trabajados × 30) ÷ 365.
- Salario diario: Salario mensual ÷ 30.
- Bruto vacaciones: Días vac. × salario diario.
- Neto vacaciones: Bruto vac. − (SS + IRPF).
Indemnización (dentro del finiquito)
- Antigüedad en meses: Años × 12 + meses sueltos.
- Días de indemnización: (Días por año ÷ 12) × total meses.
- Total: Días indemn. × bruto diario = DINERO INDEMNIZACIÓN.
TOTAL FINIQUITO = Neto mes + Pagas extra + Neto vac. + Indemnización.
2. Salario Bruto Anual y Diario
- Bruto anual: (SB × 12) + (P. convenio × 12) + (PPE × 2 ó 3).
- Bruto diario: Salario bruto anual ÷ 365.
3. Indemnización por Despido
El cálculo depende del tipo de despido:
- Despido objetivo / modificación sustancial: 20 días por año (tope 12 mensualidades).
- Despido improcedente: 33 días por año (tope 24 mensualidades).
- Fin de contrato temporal: 12 días por año (tope 12 meses o según convenio).
Cálculo de salario diario (si es mensual): (Salario × 12 + Pagas extra) ÷ 365.
4. Incapacidad Temporal (IT)
Contingencias Comunes (CC)
Base reguladora diaria: BCCC ÷ 30.
- Días 1-3: 0%
- Días 4-15: 60% (empresa)
- Días 16-20: 60% (mutua)
- Día 21 en adelante: 75% (mutua)
Contingencias Profesionales (CP)
Base reguladora diaria: (BCCP − HE) ÷ 30 + HE ÷ 365.
- Día 1: 100% salario (empresa).
- Día 2 en adelante: 75% (mutua/INSS).
5. Prestación por Desempleo (Paro)
Requisitos
- Cotizar mínimo 360 días en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Firmar compromiso de actividad.
- Solicitarlo en los 15 días hábiles siguientes al cese.
Cálculo de la prestación
- Paso 1: Días de paro según cotización (4 meses por cada año cotizado).
- Paso 2: Base reguladora (suma de bases CC de los últimos 180 días ÷ 180).
- Paso 3: Porcentaje (Días 1-180: 70% | Día 181+: 60%).
- Paso 4: Aplicar topes (2026).
- Paso 5: Descontar Seguridad Social (4,7% CC + 0,13% MEI).
Subsidio de desempleo
Para quienes no alcanzan los 360 días cotizados o agotan el paro contributivo:
- Meses 1–6: 95% IPREM (570 €/mes).
- Meses 7–12: 90% IPREM (540 €/mes).
- Mes 13+: 80% IPREM (480 €/mes).
Nota: Si cobras vacaciones en el finiquito, el paro comienza a contar una vez finalizado ese periodo.