Bicameralismo asimétrico
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8 Las Cortes Generales
Estructura y asimetría
Las cortes generales es el nombre oficial del Parlamento español, compuesto por dos cámaras: Congreso de los Diputados y Senado. Las CCGG son un órgano constitucional que ejerce el poder legislativo.Se trata de un órgano constitucional, ya que la constitución regula su estructura y forma de funcionamiento.Es el órgano representativo por excelencia, dentro del estado representa al pueblo.
Es un órgano complejo. No funciona unitariamente, ya que tiene dos órganos que lo conforman: Congreso de los Diputados (cámara baja) y el Senado (cámara alta, representación territorial)El órgano fundamental del Estado: es el órgano que al representar a los ciudadanos puede tomar las decisiones mas importantes dentro del estado. Aun así, no es el órgano de dirección política del estado, porque quien marca los objetivos que dirigen el estado es el gobierno. Órgano permanente: a pesar de que las cortes generales las elegimos los ciudadanos a través de la convocatoria, las cortes generales permanecen siempre incluso cuando están disueltas, a través de la diputación permanente. Si el parlamento es el órgano representativo, y son los ciudadanos quienes lo eligen, bastaría con un parlamento. En el caso español, hubo tres argumentos que decantaron a la constitución para que siguiera con el bicameralismo. El problema planteado por el bicameralismo es que el senado, que existe en todos los territorios descentralizados, solamente tiene el nombre ya que el senado es la cámara de representación territorial exclusivamente en ese momento, porque en el resto de la regulación, no funciona como cámara territorial, fundamentalmente, porque al hacer la constitución, como no sabían bien lo que estaban haciendo, el que el senado fuera cámara territorial, no se llevo a la práctica. Esto nos lleva, a que el bicameralismo de la CE, hable de bicameralismo confuso e imperfecto. Que sea imperfecto, no supone problemas. El bicameralismo perfecto consta de dos cámaras que están equiparadas en sus funciones, porque la cámara de diputados y senado participan de manera similar en el funcionamiento del estado. En la realidad jurídica el Congreso tiene superioridad en el procedimiento legislativo, aunque en la teoría sea una función conjunta de ambas Cámaras. Toda la vida parlamentaria gira por tanto alrededor del Congreso.