Bases Constitucionales de la Economía en México: Artículos 25, 26, 27 y 28

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Bases Constitucionales de la Economía Mexicana

Concepción Liberal de la Constitución

Capítulo I (Artículos 1°, 5°, 6°, 7°, 9°, 24 y 41): Estos artículos tienen en común el uso de un lenguaje centrado en las libertades fundamentales de los ciudadanos.

El Capítulo Económico y la Rectoría del Estado

El marco constitucional que regula la actividad económica del país se fundamenta principalmente en los siguientes artículos:

Artículo 25: Rectoría Económica Estatal

Establece la rectoría económica del Estado, la cual se implementa a través de la planificación, orientación y coordinación del desarrollo nacional mediante el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y la política monetaria.

La economía mexicana es una economía mixta que se encuentra debidamente sectorizada en tres vertientes:

  • Sector Público: Integrado por el Estado, encargado de la rectoría económica, y las empresas públicas.
  • Sector Privado: Compuesto por las empresas, los consumidores y los comerciantes.
  • Sector Social: Constituido por los sindicatos, las cooperativas, los ejidos y las comunidades.

Artículo 26: Planeación Democrática

Regula el Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo Nacional, apoyado por el INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía):

  • Es de carácter democrático, estableciendo un procedimiento formal de participación pública.
  • Es una facultad exclusiva del Poder Ejecutivo Federal.
  • Se caracteriza por ser una estructura coordinada y sectorizada.

Artículo 27: Propiedad, Límites y Modalidades

Este artículo define el régimen de propiedad en el país bajo los siguientes esquemas:

  • Dominio Originario y Propiedad de la Nación: Fundamento del nacionalismo económico, donde la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación.
  • Propiedad Privada: El Estado tiene el derecho de transmitir el dominio de las tierras a los particulares para constituir la propiedad privada, sujeta a las modalidades que dicte el interés público (incluyendo restricciones para extranjeros y la aplicación de la Cláusula Calvo).
  • Propiedad Social: Comprende a los ejidos y las comunidades. Se diferencia en que las comunidades poseen territorios indivisos, mientras que en los ejidos las tierras se parcelan.
  • Propiedad Pública: Regulada por la Ley General de Bienes Nacionales y el derecho ambiental.
  • Marco Jurídico Ambiental: Se complementa con la Ley de Desarrollo Ambiental, la Ley General de Vida Silvestre y la Ley de Aguas Nacionales.
Nacionalismo Económico: Áreas Estratégicas y Prioritarias

El nacionalismo económico determina la participación del Estado reservándose ciertas áreas de la economía:

  • Áreas Estratégicas (exclusivas del Estado): Hidrocarburos, energía eléctrica, telecomunicaciones, energía nuclear e internet público.
  • Áreas Prioritarias (donde el Estado impulsa el desarrollo): Vías férreas, agua, correo y telégrafo, y vías de comunicación (caminos).

Artículo 28: Prohibición de Monopolios y Regulación Financiera

Este artículo establece las bases de la libre competencia y la estabilidad monetaria:

  • Prohibición de Monopolios: Se prohíbe que cualquier agente económico concentre la demanda o el control de bienes económicos en perjuicio del público.
  • Órganos de Regulación y Competencia: La Comisión Federal de Competencia Económica (COFESE, anteriormente referida en el ámbito financiero como Comisión Nacional Antimonopolio) se encarga de garantizar la libre concurrencia.
  • Protección al Consumidor: A cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la UNARC, asegurando que la publicidad sea accesible, verídica y que se defiendan los derechos de los consumidores.
Política Monetaria y el Banco Central

El Banco de México (Banxico) opera como el Banco Central del país con autonomía en sus funciones:

  • Su objetivo prioritario es garantizar la estabilidad del valor adquisitivo de la moneda nacional.
  • Tiene la función de vigilar y controlar la inflación.
  • Regula la tasa de interés (si las tasas son altas se desincentiva el crédito; si son bajas, se fomenta la solicitud de créditos).
  • Acuñación y Circulación de la Moneda:
    • Circulante: Es el dinero en efectivo que poseen las personas y que participa activamente en la economía nacional. El Banco Central tiene la facultad de incrementar o disminuir este circulante.
    • Acuñación: Proceso de impresión del papel moneda (billetes) y la acuñación de monedas metálicas.

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