Auditoría Interna y Código de Ética

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Auditoría Interna:

Es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización. Ayuda a una organización a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.

Código de Ética:

Conjuntamente con el marco internacional para la práctica profesional y otros pronunciamientos emitidos por el instituto, proveen orientación a los auditores internos para servir a los demás. Ello rige no sólo para los profesionales asociados al instituto y a los que han emitido algún tipo de certificación del IIA, sino también para todos aquellos que proveen servicios de auditoría interna. Comprende reglas de conducta que describen normas de comportamiento que se espera sean observadas por los auditores internos. Su intención es guiar la conducta ética de los auditores internos.

Integridad:

La integridad de los auditores internos establece confianza y consiguientemente provee la base para confiar en su juicio.

Objetividad:

Los auditores internos exhiben el más alto nivel de objetividad profesional al reunir, evaluar y comunicar información sobre la actividad o procesos a ser examinado. Hacen una evaluación equilibrada de todas las circunstancias relevantes y forman sus juicios sin dejarse influir indebidamente por sus propios intereses o por otras personas.

Confidencialidad:

Los auditores internos respetan el valor y la propiedad de la información que reciben y no divulgan información sin la debida autorización a menos que exista una obligación legal o profesional para hacerlo.

Competencia:

Los auditores internos aplican el conocimiento, aptitudes y experiencia necesarios al desempeñar los servicios de auditoría interna.

Reglas de Conducta:

  1. Integridad:
    • Desempeñar su trabajo con honestidad, diligencia y responsabilidad.
    • Respetarán las leyes y divulgarán lo que corresponda de acuerdo con la ley y la profesión.
    • No participarán a sabiendas en una actividad ilegal o de actos que vayan en detrimento de la profesión de auditoría interna o de la organización.
    • Respetarán y contribuirán a los objetivos legítimos y éticos de la organización.
  1. Objetividad:
    • No participarán en ninguna actividad o relación que pueda perjudicar o aparentemente perjudicar su evaluación imparcial. Esta participación incluye aquellas actividades o relaciones que puedan estar en conflicto con los intereses de la organización.
    • No aceptarán nada que pueda perjudicar o aparentemente perjudicar su juicio profesional.
    • Divulgarán todos los hechos materiales que conozcan y que de no ser divulgados, pudieran distorsionar el informe de las actividades sometidas a revisión.
  1. Confidencialidad:
    • Serán prudentes en el uso y protección de la información adquirida en el transcurso de su trabajo.
    • No utilizarán información para lucro personal o que de alguna manera fuera contraria a la ley o en detrimento de los objetivos legítimos y éticos de la organización.
  2. Competencia:
    • Participarán solo en aquellos servicios para los cuales tengan suficientes conocimientos, aptitudes y experiencias.
    • Desempeñarán todos los servicios de auditoría interna de acuerdo con el Marco Internacional para la práctica profesional de auditoría interna.
    • Mejorarán continuamente sus habilidades y la efectividad y calidad de sus servicios.

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