Atención especializada y prestaciones farmacéuticas

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La atención especializada:

Comprende las actividades asistenciales, de diagnóstico, terapéuticos y de rehabilitación, así como las de educación sanitaria, promoción de la salud y prevención de la enfermedad que, por su complejidad o especialización, no pueden realizarse en el ámbito de la Atención Primaria. El paciente será derivado a este segundo nivel para garantizar la continuidad de su atención sanitaria integral. Las prestaciones que corresponden a la Atención Sanitaria son:

  • Asistencia especializada de consultas hospitalarias y/o extrahospitalarias.
  • Hospitalización en régimen de integración.
  • El grupo a la Atención Primaria en el alta hospitalaria y en la hospitalización a domicilio.
  • Indicación y realización de procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos.
  • La atención paliativa a enfermedades terminales.
  • La atención a la salud mental.
  • La rehabilitación a pacientes como comer de una prestación en prestación especializada.

Prestaciones farmacéuticas:

De sistema del SNS comprende tanto los medicamentos como los productos sanitarios necesarios para tratar el problema de salud que presente cualquier paciente. Se recibe según sus necesidades clínicas, en las dosis necesarias y durante el tiempo adecuado. Esta prestación también incluye la mediación que reciben los ingresados en un centro hospitalario.

Para poder acceder a la prestación farmacéutica, el medicamento debe estar prescrito por los profesionales legalmente capacitados que prestan sus servicios en una institución del SNS (el médico) y deberá realizarse en la receta oficial.

Todo paciente en activo en el sistema de la Seguridad Social, ya sea titular o beneficiario, deberá abonar el 40% del valor del fármaco. La prestación farmacéutica será gratuita para pensionistas, accidentes de trabajo o enfermedades profesionales y/o minusválidos al 33%.

Prestaciones Complementarias:

Incluiremos el conjunto de ayudas y/o servicios que elementos adicionales necesarios para conseguir una asistencia integral adecuada. Entre otras prestaciones complementarias incluimos el transporte de pacientes en caso de urgencias (ambulancia) o imposibilidad física en caso de desplazarse, vehículos y elementos de ayuda para inválidos, tratamientos domiciliarios con equipos especiales, tratamientos con precedentes complejos de dietoterapia, prótesis, ortesis y todos aquellos tratamientos y prestaciones que tengan caracteres de complementos por la administración sanitaria.

Ortesis y prótesis: la diferencia entre ellas es que las ortesis se utilizan para prevenir o corregir deformidades o para mejorar la función móvil de un cuerpo.

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