Aspectos legales de una sociedad colectiva

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Soc. R ltda


Contraro en que todos los soscios ad.La soc. Por si o mandatario elegidos de común acuerdo repondiendo los socios solo hasta el monto de sus aportes o la suma que a,as de estos se señale en la escritura social.

Caract


a)Su constitución es solemne, requiere escritura pública, inscripción en extracto en el registro de comercio correspondiente al domicilio social y publicación en el diario oficial dentro de sesenta días contados desde la fecha de la escritura pública.b)El capital social esta representado por los aportes de los socios que constituyen partes o cuotas no negociables.C)La responsabilidad esta limitada al monto de los aportes de los socios que constituyen partes o cuotas no negociables.d)La administración se rige por las normas de la sociedad colectiva, vale decir, administran todos los socios por sí o por mandatarios elegidos de común acuerdo.E)El número de socios no puede exceder de cincuenta y no pueden tener por objetos negocios bancarios.f)La omisión de los requisitos de constitución legal de la sociedad produce nulidad entre los socios aplicándose las normas sobre nulidad que rigen para las sociedades colectivas los que también rigen para la defectuosa e inoportuna publicación de extracto en lo referente a las disposiciones que estas dan para la inscripción del mismo.

Constitu. Soc Rltda


a)escritura publicab)inscripción en extracto de la escritura en el registro de comercio del domicilio de la soc.
c)publicación en el diario oficial
d)el registro del extracto y la publicación se deberá efectuar desntro del plazo de sesenta días siguientes ala fecha de la escritura social.

Escritura publica de constitución


a)La soc.R ltda sean civiles o comerciales se constituirán por escritura publica contendrá la declaración de que responsabilidad personal de los socios que limitada a sus aportes o ala suma que a mas de estos se indique.
b)Estas soc, no podrán tener por objeto socios bancarios y nueros de sus socios no podrá exeder de 50.

Extracto de la escritural social.A)


debe agregarse la declaración que la responsabilidad personal delos socios queda limitada a sus aportes o ala suma que a mas de estos indique.
b)con ell se evita interpretaciones y se cumple con la publicida necesaria para terceros respecto la responsabilidad de los socios.

Inscripción extrac. De la escritura en el regís.D.Comer,deberá inscribirse al regís.D.Comer. Correspondiente al domicilio de la soc. Dentro del plazo de 60dias contando desde la fecha dela escritua social.B)toda consecuencia de modificación muerte socio,disolución o vencer el tiempo estipulado deberá reducirce a la escritura publicas con las solmenidades idénticas indispensables para contruir soc.R.Ltda.


Soc. R ltda


Contraro en que todos los soscios ad.La soc. Por si o mandatario elegidos de común acuerdo repondiendo los socios solo hasta el monto de sus aportes o la suma que a,as de estos se señale en la escritura social.

Caract


a)Su constitución es solemne, requiere escritura pública, inscripción en extracto en el registro de comercio correspondiente al domicilio social y publicación en el diario oficial dentro de sesenta días contados desde la fecha de la escritura pública.b)El capital social esta representado por los aportes de los socios que constituyen partes o cuotas no negociables.C)La responsabilidad esta limitada al monto de los aportes de los socios que constituyen partes o cuotas no negociables.d)La administración se rige por las normas de la sociedad colectiva, vale decir, administran todos los socios por sí o por mandatarios elegidos de común acuerdo.E)El número de socios no puede exceder de cincuenta y no pueden tener por objetos negocios bancarios.f)La omisión de los requisitos de constitución legal de la sociedad produce nulidad entre los socios aplicándose las normas sobre nulidad que rigen para las sociedades colectivas los que también rigen para la defectuosa e inoportuna publicación de extracto en lo referente a las disposiciones que estas dan para la inscripción del mismo.

Constitu. Soc Rltda


a)escritura publicab)inscripción en extracto de la escritura en el registro de comercio del domicilio de la soc.
c)publicación en el diario oficial
d)el registro del extracto y la publicación se deberá efectuar desntro del plazo de sesenta días siguientes ala fecha de la escritura social.

Escritura publica de constitución


a)La soc.R ltda sean civiles o comerciales se constituirán por escritura publica contendrá la declaración de que responsabilidad personal de los socios que limitada a sus aportes o ala suma que a mas de estos se indique.
b)Estas soc, no podrán tener por objeto socios bancarios y nueros de sus socios no podrá exeder de 50.

Extracto de la escritural social.A)


debe agregarse la declaración que la responsabilidad personal delos socios queda limitada a sus aportes o ala suma que a mas de estos indique.
b)con ell se evita interpretaciones y se cumple con la publicida necesaria para terceros respecto la responsabilidad de los socios.

Inscripción extrac. De la escritura en el regís.D.Comer,deberá inscribirse al regís.D.Comer. Correspondiente al domicilio de la soc. Dentro del plazo de 60dias contando desde la fecha dela escritua social.B)toda consecuencia de modificación muerte socio,disolución o vencer el tiempo estipulado deberá reducirce a la escritura publicas con las solmenidades idénticas indispensables para contruir soc.R.Ltda.


APLICACIÓN DE LAS REGLAS SOBRE CONSTITUCIÓN A LAS SOCIEDADES CIVILES Y COMERCIALES


a)Las solemnidades para constituir las sociedades de responsabilidad limitada, se aplican tanto a las sociedades civiles como a las sociedades mercantiles.
b)Los bancos, las empresas de seguros y de capitalización no pueden constituirse como sociedades de responsabilidad limitada.
c)Por expresa disposición del art. 2 de la ley 3918, art. 4 del D.F.L 2 de las empresas bancarias, las empresas de seguro, y también las empresas de capitalización deben estar constituidas como sociedades anónimas y por consiguiente no pueden revestir en su constitución la forma de sociedad de responsabilidad limitada.

CAPACIDAD PARA CELEBRAR EL CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


En general en la sociedad de responsabilidad limitada rigen las normas que da el código de comercio y el código civil para las sociedades colectivas, sin embargo, la ley 3918 contiene algunas normas especiales respecto de la capacidad de la mujer que se contiene en el inciso 3º del artículo 4º de la ley.(Señala al efecto ésta disposición: la mujer casada y separada de bienes, siempre que la separación sea convencional, y la que ejerza un empleo oficio, profesión o industria con arreglo al artículo 150 del código civil, no requerirán la autorización especial de que trata el artículo 349 del código de comercio para celebrar una sociedad comercial de responsabilidad limitada, con relación al patrimonio que separadamente administren)

RAZÓN SOCIAL DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


La razón o firma social de las sociedades limitadas podrá contener:El nombre de uno o mas de los socios y terminar con la palabra limitada o Una referencia al objeto de la sociedad y terminar con la palabra limitada

CAPITAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOSa)


En relación con el capital social se aplican a la sociedad de responsabilidad limitada las mismas normas que rigen para la sociedad colectiva. Tratándose de una sociedad de personas no es posible dividir el capital en acciones de libre transferencia, como ocurre con las sociedades de capital.
b)En lo que respecta a la responsabilidad de los socios, esta es diametralmente distinta a las sociedades colectivas ya que, no sólo en el nombre de la ley sino que, en diversos artículos se recalca que la responsabilidad de los socios está limitada al monto de los aportes o a la suma que a más de estos se indique en la respectiva escritura social.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EXCEPCIONAL DE LOS SOCIOS.Solo excepcionalmente los socios tienen responsabilidad solidaria, ello ocurre en los siguientes casos:

a) En el caso del artículo 357 del código comercio, cuando los socios hubieren contratado con terceros a nombre y en interés de la sociedad de hecho.B) Si en la razón social se omite la expresión limitada.


ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD LIMITADAEn lo que respecta a la administración se aplican por no haber norma expresa o diferente, las normas de las sociedades colectivas.

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