Aspectos fundamentales del empresario y la empresa mercantil
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TIPOS DE EMPRESAS Hay multitud de empresas distintas y tenemos que utilizar más de un criterio para Poder clasificarlas.
Según el propietario diferenciamos la empresa privada, cuando el capital
Pertenece a particulares y la empresa púbica, cuando el capital pertenece
En su totalidad al Estado o entidad de carácter público.
Según su tamaño: Existen varios criterios para decir cuándo una empresa es
Pequeña, mediana o grande como por ejemplo la cifra de ventas, la cuantía
Del capital, el volumen de producción o el número de trabajadores. Este último
Es el criterio más utilizado y según esto tendríamos: empresas pequeñas
Cuando tienen menos de 50 trabajadores, medianas cuando tienen entre 50 y
Hasta 250 trabajadores y grandes, más de 250 trabajadores.
Según el sector de actividad en el que desarrolle la actividad la empresas
Tendremos empresas agrícolas, pesqueras o mineras (explotan los recursos
Naturales), empresas industriales (realizan un proceso de transformación de
Materias primas en productos terminados), empresas de servicios (comercio,
Transporte, educación, etc.)
Según el ámbito geográfico de su actuación: a) Locales: realizan su actividad
Dentro de una ciudad o pueblo. B) Regionales: su marco de actuación se
Circunscribe a la región o comunidad autónoma. C) Nacionales: operan
Dentro del ámbito estatal. D) Multinacional: rebasan los límites geográficos
Jurisdiccionales de una nación y extienden sus actividades en dos o más
Naciones.
Según su forma jurídica, es decir, de cara a la ley y a la responsabilidad de los
Propietarios:
1) EMPRESARIO INDIVIDUAL: persona que por su cuenta y riesgo, realiza de
Forma habitual una actividad de carácter mercantil o profesional. La
Responsabilidad en este caso es ilimitada ya que no existe separación entre
La empresa y el empresario. Por ello, éste responderá con todo su
Patrimonio presente y futuro de las obligaciones que contraiga la empresa. )
2) SOCIEDAD COLECTIVA: Sociedad en la que todos los socios aportan trabajo
Y tienen responsabilidad ilimitada. El prestigio de los socios es en esta
Empresa fundamental de forma que si uno de ellos decide marcharse, la
sociedad se romperá.
3) SOCIEDAD COMANDITARIA: Sociedad con dos tipos de socios, unos
Colectivos (que aportan trabajo y con responsabilidad limitada) y al menos
Uno comanditario (solo aporta capital y por tanto responsabilidad
Limitada).
4) SOCIEDAD Anónima: Sociedad cuyo capital está dividido en partes
Iguales llamadas acciones. El capital mínimo exigido es de 60.101€.
Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado y, por tanto,
No responderán personalmente de las deudas de la empresa. (SA)
5) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: Sociedad cuyo capital está
Dividido en partes iguales llamadas participaciones. El capital mínimo
Exigido es de 3005€ y los socios tienen responsabilidad limitada al capital
Aportado por cada uno. Deberá figurar las abreviaturas “S.R.L.” ó “S.L.”.