Aspectos de un empresario

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LUGAR DE PAGO

La liquidación y el pago del salario se deben hacer en el lugar convenido o conforme a los usos y costumbres Puede efectuarse en moneda de curso legal o mediante cheque u otra modalidad similar a través de las entidades de crédito.

TIEMPO DE PAGO

En relación con el tiempo de pago también existen normas dirigidas a garantizar su efectiva y puntual percepción. La liquidación y el pago del salario se deben hacer puntualmente en la fecha convenida o conforme a los usos y costumbres Se distinguen:

-El pago mensual: el periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no puede exceder de un mes  -El pago anual: salvo pacto en contrario, el salario a comisión debe liquidarse y pagarse al finalizar el año -Anticipos: el trabajador, con autorización tiene derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya

realizado  Pagas extraordinarias: en cuanto complemento salarial de vencimiento periódico superior al mes, se deben abonar, una de ellas, con ocasión de las fiestas de navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o acuerdo entre el empresario y los representantes del personal

-Mora: la impuntualidad en el pago hace incurrir al empresario en mora, sancionable con el pago de un interés del diez por ciento de lo adeudado -Reclamación: el impago del salario en tiempo oportuno faculta al trabajador para exigirlo judicialmente ante el juzgado de lo social con el recargo

de mora correspondiente. Dicha facultad debe ejercitarse en el plazo de un año desde el día en que se pudo reclamar


FORMA DE PAGO DE LOS SALARIOS.
El pago del salario ha de hacerse documentalmente. El empresario deberá cumplimentar el llamado recibo individual justificativo del pago de salario” o “ nómina”. El “recibo de salarios” debe ajustarse al modelo aprobado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, salvo que por convenio o acuerdo, se establezca otro modelo. Es muy importante la firma del que recibe su importe. En todo caso, el recibo de salarios deben figurar el salario base

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