Aspectos de un empresario
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ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES DE DATOS
·Objeto: El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre el comienzo de la actividad laboral de un trabajador, sobre el cese en la misma o sobre las modificaciones de datos identificativos y laborales de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social.
·Sujetos: Está obligado el empresario a solicitar el alta, la baja y a comunicar las variaciones de datos de todos sus trabajadores. Esta obligación la puede asumir, de mutuo acuerdo, el trabajador que realice una actividad laboral inferior a 60 horas al mes por empleador.
Plazos:
Solicitud del Alta: Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días antes. En los casos en que no se hubiere podido prever con antelación dicha iniciación, si el día o días anteriores a la misma fueren inhábiles, o si la prestación de servicios se iniciare en horas asimismo inhábiles, deberán remitirse, con anterioridad al inicio de la prestación de servicios, por telegrama, fax o por cualquier otro medio electrónico, informático o telemático.
Solicitud de la Baja:
3 días naturales desde el cese de la actividad laboral.
Variación de datos:
3 días naturales.
ALTA, BAJA VARIACIÓN DE DATOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS
·Objeto: El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre el comienzo de la actividad laboral del trabajador, sobre el cese en la misma o sobre las modificaciones de datos identificativos, domiciliarios o laborales.
·Sujeto: El trabajador autónomo es responsable directo de cumplir la obligación de solicitar su alta, baja y variación de datos.
Si el trabajador incumple su obligación la Tesorería General de la Seguridad Social podrá actuar de oficio.
·Plazos:
Solicitud del Alta:
30 días naturales.
Solicitud de la Baja y variaciones de datos:
3 días naturales.