Aspectos de un empresario

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Subsidio: 

Contingencia 

Duración 

cuantía 

A cargo de 

Enfermedad común y accidente no laboral

1°, 2°, 3° días de baja 

No cobra subsidio 

empresario

del 4° al 15° día 

60% de la base reguladora

empresario

del 16° al 20° día 

60% de la base reguladora

INSS y mutua

día 21° hasta día de alta 

75% de la base reguladora

INSS y mutua


Enfermedad profesional y accidente laboral 

desde el día siguiente al de la baja 

75% de la base reguladora

INSS y mutua


Incapacidad permanente: Es la situación en la que se encuentra el trabajador que presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad para el trabajo. 

-Incapacidad permanente parcial: Es la que se produce al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión.

-Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para la realización de las tareas fundamentales de su profesión. 

Desempleo: Situación en la que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral. 

-Nivel contributivo: Estar afiliados a la SS, encontrarse en situación legal de desempleo, tener cubierto el periodo mínimo de cotización, no haber cumplido la edad establecida para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación y haber trabajado por cuenta ajena. 

-Nivel asistencial: Se concede a quienes en situación de paro, carecen de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. 

Sindicatos: Asociación permanente de de trabajadores que ejercen cierta actividad profesional para la representación y mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida. 

Representación de los trabajadores:

La participación de los trabajadores en la empresa se articula a través de:

Representación unitaria

Comité de empresa

Delegados de personal

Representación sindical

Secciones sindicales

Delegados sindicales

Convenio colectivo: Son acuerdos suscritos por los representantes de los trabajadores y de los empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad de un sector económico o de una empresa.

Ámbito de los convenios: Geográfico, funcional, temporal y personal.

Conflicto colectivo: Es un conflicto jurídico que surge como consecuencia de las discrepancias entre el empresario y los trabajadores respecto de la aplicación de las normas preexistentes. Este tipo de conflictos laborales puede exteriorizarse sin suspensión del trabajo y con suspensión.

Huelga: Es un derecho fundamental de los españoles reconocido en el artículo de la constitución. Pueden ser legales o prohibidas.


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