Aspectos de un empresario

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DERECHOS COLECTIVOS:Libre sindicación, elegir sindicarse o no.Derecho de huelga.A negociar convenios colectivos.A adoptar medidas de conflicto colectiva.Derecho de reunión.À participar en la empresa a través de sus representantes; delegados de personal y cómite de empresa.

DEBERES LABORALES:Actuar de buena fe: no puede divulgar secretos de la empresa o cobrar gratificaciones de los chenkes. En definitiva
debe trebajar con honestdad.
Actuar con diligencia: poner cuidado y atención en su trabajo. Ello se mide con el rendimiento normal paclado
Contribuir a la mejora de la productividad: a que la cantidad y la calidad de lo producido sea mayor y mejor
No realizar competencia desleal con la empresa: no se pude trabajar de lo mismo para otra empresa o ser aut
nomo al mismo tiempo en la misma actividad
Tomar las medidas de prevención frente a los riesgos laborales: no puede poner fuera de funcionamiento las ne
didas de protecoon y debe usar los equipos de proleceion individual que le laciite la empresa.
Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario, sempre que sean legales y no supongan un daño para el trabajador o bien afecten a su vida privada o alenten contra su dignidad. Corno norma general primero se cumple la onden y luego se reclama ante el juzgado si se está en desacuerdo, salvo los casos anteriores de 'resistencia" en los que está permitido no cumplirías.
En caso de incumplimiento de estos deberes la empresa podrá sancionar al trabajador o incluso despedirlo.

DERECHOS INDIVIDUALES:* A elegir bremente profesión y oficio.Derecho de ocupación efectiva. El empresario debe darle trabajo, si no se lo da, le tendrá que pagar igualmente el salario. El trabajador podría extinguir el contrato.Promoción profesional y a la FF. Este derecho incluye los siguientes derechos.Soliotar ascensos según lo que estadiezca el convenio.A acudir a exámenes por al tiempo nocesario (deben ser estucios oficiales.
exámenes defnitivos, avisar con antelación y levor justificante).À elegir turno de trabajo para poder coa zar estudios clicales, siempre que las condiciones de la empresa lo permitan.A la igualdad y la no discriminación por razón de sexo, raza, creencias religiosas o polticas, estado civil. Etc. Se establece el derecho a percibir el mismo salario por trabajo de igual valor, con independencia de la categoría.A una polilica de seguridad e higiene en el trabajo. El empresano tiene un deber de seguridad respecto al trabajador por lo que debe adoptar medidas de prevención de riesgos laborales.Ala intimidad y a la dignidad, incluyendo las ofensas verbales, físicas o de naturaleza sexual. El derecho a la intimidad se complementa con la facultad de Ja empresa de vigilar al trabajador que veremos en el siguiente apartado.Al descanso vacaciones, descanso semanal, entre jornadas y dentro de la jornada.A la percepción puntual de la remuneración pactada. El impago o retrasos contricados son motivo del extinción del contrato por parte del trabajador.

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