Aspectos de un empresario

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 27,17 KB

Derecho laboral:


regula los derechos laborales del trabajo.

Carácterísticas relación laboral:


Voluntaria:

trabajador firma el contrato libremente.

Cuentaajena:

los frutos del trabajador pertenecen al empresario.

Remunerada:

el trabajador, trabaja a cambio de un sueldo.

Personalísima:

el trabajo, lo realiza el trabajador.

Dependiente:

el empresario, dirige la empresa.

Relación laboral:

es la que hay entre un trabajador y un empresario, el trabajador se compromete a prestar sus servicios y el empresario a pagarle.

Relación laboral especial:

Personal de alta dirección, Trabajadores al servicio de hogar familiar, Presos o penados, Deportistas profesionales, Artistas en espectáculos públicos, Quien intervengan en operaciones mercantiles, Trabajadores discapacitados, Estibadores portuarios.Trabajo declarado como relaciónlaboral.

Relaciones excluidas de la relación laboral:

son funcionarios públicos que tienen una normativa reguladora propia.

Fuentes de derecho de trabajo:

Constitución


Norma española de mayor rango.

Leyescon rango de ley

Se aprueban por las cortes.

Ley orgánica:

necesita mayoría absoluta del congreso.

Ley ordinaria

Necesita mayoría simple, regula el resto de normativas.

Normas con rango de ley

Decreto legislativo, norma dictada por el gobierno expresado por las cortes.

Decreto ley:

dictada por el gobierno, pero no la delegan las cortes.

Reglamento

Normas hechas por el gobierno en virtud de su potestad: ejecutivo y judicial, independientes autónomos.

Convenio colectivo:

reuníón entre empresario y trabajadores para regular las condiciones de trabajo.

Contrato

Acuerdo entre empresario y trabajador.

Costumbres locales y profesionales

Normas creadas por la rutina diaria de los empresarios.


Fuentes de ámbito internacional:


Derecho comunitario.Derecho originario:

compuesto de trabajadores que fundaron uniones europeas.

Derechoderivado:

formado por las normas de la uníón europea.

Libre circulación de trabajadores por laUE:

Libre circulación asalariados,Ciudadanos de la UE pueden buscar un trabajo, Libre establecimiento, Libre prestación de servicios.

Principios de la aplicación del derecho laboral:


Inbubio:

a favor del trabajador.

Más favorable:

a los que más favorezca al trabajador.

Más beneficioso:

si ponen una norma peor que la del contrato, vale la del contrato.

Norma min:

condiciones que deben disfrutar los trabajadores.

Irrenunciabilidad de derechos:

trabajadores no renuncian a sus derechos.

Derechos y obligaciones:


Derechos colectivos:

Derecho a elegir trabajo, A la libre sindicación, A la huelga, A la negociación colectiva, A la negociación de medidas en conflicto colectivo, A reuníón, A participar en la empresa.

Derechos individuales

A la ocupación efectiva, Promoción y formación profesional, A no ser discriminado, A integridad física  y adecuada política de seguridad e imagen, Respecto a intimidad y dignidad,Recibir puntualmente el salarioejercicios individuales de las acciones derivadas de su contrato.

(Obligaciones del trabajador):

Cumplir con su puesto de trabajo, Observar medidas de seguridad e higiene, Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario, No competir con el empresario, Mejorar la productividad, Hacer las obligaciones que vengan en su contrato,(Obligaciones y potestades del empresario):
Dirigir la empresa, Dictar ordenes e instrucciones, Controlar que se cumplan sus órdenes.

Contrato:

acuerdo entre empresario y trabajador.

Necesidades para firmar un contrato:

+18, 16 y 17 años con autorización o estar emancipado, los – 16 en espectáculos públicos


con permiso de autoridad y que  no sea peligroso para su salud, permiso de autoridad laboral.

Empresario:

persona jurídica que puede celebrar un contrato de trabajo.

Formacontratos:


Escrita:

siempre a no ser que sea indefinido ordinario o contrato individual por circunstancias de la producción con duración inferior a 4 semanas.

Elementos del contrato:

partes que celebran el contrato, elementos temporales, lugar de trabajo, grupo profesional del puesto de trabajo, salario, vacaciones, plazos de preaviso que la respetan el empresario y el trabajador y convenio colectivo.

Validez del contrato:

para indicar que está conforme con lo que han hablado, tiene que firmar el contrato.

Obligaciones:

entregar copia del contrato al trabajador, entregar en 10  días una copia firmada por los representantes.

Modalidadescontractuales:


Indefinidos:

ordinario fomento de la contratación de apoyo a emprendedores fijo y discontinuo.

Temporales:

de formación y aprendizajes, contrato en prácticas, obra o servicio, interinidad y eventual por circunstancias de la producción.

Contrato indefinido:

indefinido ordinario, se  suele hacer por escrito o verbal y puede celebrarse a tiempo completo o parcial.

Fomento de la contratación indefinida:

bonificaciones que se les da alas empresas  en las cuotas que pagan a la seguridad social.

Bonificaciones:

Por contratar a determinados colectivos:  victimas de género, terrorismo, riesgo de exclusión social, discapacidad del 33% o con incapacidad permanente .

Contrato indefinido de apoyo a emprendedores:

solo se puede celebrar con empresas que tengan – 50 trabajadores.

Carácterísticas: jornada

Tiempo completo o parcial, forma:
escrito en modelo oficial


, duración:
un año.

Contratostemporales:


Formación y aprendizaje:

 su finalidad es hacer que el trabajador adquiera la formación teórica  y practica necesaria para desempeñar un puesto de trabajo.

Requisitos:

tener 16 y 20 años,Contrato en prácticas:

Finalidad:


que el trabajador practique lo que ha estudiado.

Requisitos:

tener título FP o universidad de grado medio o superior.Que no hayan pasado  + de 5 años desde la titulación y para discapacitados 7 años, para los menores de 30 años aun que pasen más de 5 años.( hasta que la tasa de desempleo este por debajo del 15%).

Forma:

por escrito con el título del trabajador, duración y puesto de trabajo en prácticas.

Duración:

min 6 meses y Max 2 años.No más de 2 años en la misma empresa o distinta para el mismo puesto de trabajo.No + de 2 años con el mismo título u otro título en la misma empresa.

Jornada:

tiempo completo y parcial.

Retribución:

no puede ser inferior al 60% en el primer años y en el segundo 75% del salario por convenio.

Incentivos:

30 años la empresa recibe un descuento en la seguridad social ( hasta que la tasa de desempleo este por debajo de 15%).

Contrato de obra o servicios:

Finalidad:


 hacer una obra que en la misma empresa no pueda ser realizada por los trabajadores de la empresa.

Forma:

por escrito, y tiene que identificarse la obra o servicio.

Duración:

finalizara al terminar la obra a realizar o servicio, siempre y cuando no supere más de años, que se puede ampliar en  meses.

Jornada:

a tiempo completo y parcial.

Eventual por circunstancias de la producción:

Finalidad:


solo en(Navidad, vacaciones de verano)en situaciones especiales.

Forma:

por escrito con duración superior a semanas.(verbal a tiempo completo solo).

Duración:

Max 6meses en un periodo de 12meses, x convenio colectivo amplia18


Jornada:

a tiempo completo y parcial.

1empleo joven:

Finalidad:


que los jóvenes tengan la 1 experiencia laboral, cuando el paro este por debajo del 15%.

Requisitos trabajadores:

tener experiencia inferior a 3 meses y que sea-30 años.

Requisitos empresa:

mantener empleo neto, siempre en los mismos trabajadores.

Jornada:

75% de la jornada a tiempo completo.

Contrato interinidad:

Finalidad:


sustituir a un trabajador con derecho de reserva al puesto de trabajo.(para cubrir temporalmente un puesto de trabajo).

Forma:

x escrito con la causa de la situación.

Duración:

el contrato dura lo mismo que la baja del trabajador al que se le está sustituyendo(3meses Max).

Extinción:

trabajador no cobra indemnización.

Jornada:

tiempo completo, cuando la persona sustituida trabajase a tiempo parcial, o se complete la jornada de alguien que se ha reducido la suya(a tiempo parcial).

Incentivos:

empresarios cobra un beneficio en las cuotas de la seguridad social.

Aspectos comunes a los contratos temporales:

los mismos derechos que los contratos indefinidos, conceden al empresario bonificaciones.

Prorroga y conversión de indefinidos:

los contratos de duración determinada se entenderán, prorrogados automáticamente hasta la duración Max  de la correspondiente modalidad contractual.
Encadenamiento de contratos temporales,en 30 meses durante un plazo superior a 24 meses,Para el mismo o diferente puesto de trabajo, Con la misma empresa o grupo de empresas. Con 2 o + contratos temporales, por la empresa o por ETT.

Transformación en indefinido:

si la empresa no da de alta al trabajador, cuando haya  pasado el tiempo de prueba, Cuando el contrato se tiene que hacer por escrito y no se hace, Cuando se hace fraude de ley, Cuando una empresa cede trabajadores de forma ilegal, Cuando finaliza el contrato y el trabajador sigue trabajando.

Preaviso:


cuando el contrato su duración supere un años, debe notificarle  con una antelación de 15 días..

Periodoprueba:

es donde se ve si la relación laboral  le interesa al empresario y al trabajador, el trabajador tiene los mismos derechos que cualquier otro.

Duración máxima del periodo de prueba:

no puede pasar de 6 meses para técnicos titulados y de 2 meses para el resto, - las empresas con – de 25 trabajadores.

2 meses

Grado superior o certificado de nivel 3.

Indemnización:

 12 días de salario por año de servicio.

Pactos anexos:


De permanencia:

trabajador asume la obligación de permanecer en una empresa durante 2 años Max.

Plena dedicación:

pacto escrito que el trabajador se obliga a prestar sus servicios a 1 empresario a cambio de compensación económica, se hará por escrito.

Contrato de relevo:

Finalidad:


sustituir a un trabajador que accede a la jubilación.

Forma:

escrito.

Duración:

temporal o indefinido.

Horas extras y complementarios:

a tiempo parcial no pueden realizarse.No + del 30% de las horas ordinarias, por convenio colectivo se puede ampliar un60%, Se retribuyen  al igual que las horas ordinarias, Se recogen en un pacto específico por escrito.

Empresas de trabajo temporal:

contrata trabajadores para posteriormente cederles a una empresa usuaria para la que trabajan durante un tiempo.

Relaciones contractuales



trabajador firma un contrato con al ETT, a su vez firma un contrato no laboral.

Modalidades contractuales:

Contrato indefinido.

Contrato temporal:

su duración coincide con el tiempo que el trabajador trabajara.

Exclusiones:

no se hacen contratos de puesta a disposición cuando:Sustituirtrabajadores en huelga, En 12 meses  anteriores a la contratación, la empresa tenga amortizados los puestos de trabajo,Para ceder trabajadores a otras empresas,Realizar trabajos peligrosos para la salud y seguridad.

Forma:

escrito.

Convenio aplicable:

los contratados por la ETT rigen por convenio colectivo de la empresa usuaria.

Extinción:

cuando sea temporal indefinida al trabajador 12 días de salarios por años de servicio.

Derechos del trabajador contratado x ETT:


Son las mismas condiciones de trabajo que si es contratado x una empresa usuaria, Protección de mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, menores y contra discriminación, Ser informados x la empresa de puestos de trabajos libres, Ser representados x representantes de la empresa usuariaResponsabilidades y de la empresa usuaria:
Informar al trabajador de los riesgos de su trabajo,dirigir la actividad laboral,La empresa responde a las obligaciones salariales y de Seguridad Social con la indemnización que le corresponde a cada contrato.

Jornada de trabajo:

número de horas que trabaja el trabajador.

Horario:

forma de distribuir el tiempo de trabajo.

Duración:

40 horas semanales de promedio en cómputo anual..

Jornada diaria:

no + de 9 horas al día,

de 18 años no + de 8 horas al día, Entre la mañana y noche se descansa 12HJornadas especiales:

Ampliar jornada:

se amplía en ; construcción, guardas, vigilantes no ferroviarios, en el comercio, hostelería y trabajos en el campo.

Limitar jornada:

proteger la salud, seguridad de trabajadores, riesgos en campos, minas, construcción, obras públicas.

Horas extras:

son voluntarias, salvo que sea por fuerza mayor.Nomás de 80 horas al años a no ser que sean de fuerza mayor , o compensen con el tiempo libre, - de 18 no pueden hacer horas extras a no ser que sean obligatorias,Durante maternidad o paternidad.

Organización especial de trabajo:

se adapta el trabajo cumpliendo las normasde salud.

Trabajo nocturno:

entre las 10:00 y 6:00 AM (- 18 años no).

Trabajador nocturno:

no - a 3 horas de su jornada, la jornada no + de 8 horas al día en 15 días.

Empresas con procesos productivos continuos de 24H:

se rotan los turnos. Un trabajador no puede estar de noche más de 2 semanas a no ser que él quiera.

Flexibilidad funcional:


hacer trabajos diferentes a los habituales.

Flexibilidad geográfica:

desplazar a los trabajadores a otro centro de trabajo.

Ventajas:

Hace trabajos distintos, Puedes encontrar gente más valiosa, Jubilaciones anticipadas y parciales permiten retirarse a trabajadores por su edad, Asociar la retribución o resultados, hace que los trabajadores se impliquen más en su trabajo.

Inconvenientes:

La rotación incrementa un número de trabajadores poco cualificados, Inéstabilidad laboral aumenta la rivalidad, Reducción de los ingresos para el trabajador y incremento de los costes para la empresa.

IPREM: indicador público de renta de efectos múltiples):

índice para determinar cuantías, prestaciones, beneficios o servicio públicos.

Protección del salario:

el SMI es inembargable a no ser que tenga que pagar una pensión.

Medias de protección:


Créditossalariales:

por los últimos 30 días de trabajo si no supera el doble del SMI.Créditos sin derecho real.

Fondo garantía salarial (FOGASA):

garantiza la percepción de salarios pendientes reconocidos en el acta de conciliación o resolución judicial y las indemnizaciones por despido.

Recibo de salarios:

recibo individual justificativo del pago del mismo.

Modificaciones sustanciales del contrato de  trabajo:

Jornada de trabajo, Horario y distribución del tiempo de trabajo, Régimen de trabajo a turnos, Sistemas de remuneración y cuantía salarial, Sistema de trabajo y rendimiento.

Movilidad funcional:

el empresario ordena que haga un trabajo no acordado en su contrato.

Movilidad horizontal:

hacer tareas incluidas en el mismo grupo profesional.

Causas:

el empresario decide las modificaciones dentro del poder de dirección.

Efectos del trabajador:

debe aceptar el cambio cobrando lo mismo.

Movilidad vertical:

trabajo de distinto trabajo y grupo profesional, depende de si es ascendente o descendente.

Descansos y festivos:


Descanso semanal:

1 día y medio (sábado tarde y domingo entero, o mañana del lunes y domingo entero). Los – 18 tendrán 2 días a la semana.

Jornadas continuadas:

no menos de 15 minutos  si excede de 6 horas(los – 18 = 30 min).

Fiestas laborales:

no + de 14 al año y 2 de ellas son locales.

Calendario laboral:

incluye el horario y distribución  dedías de trabajo, festivos y descansos.

Permisos retribuidos:


Generales: Por traslado domicilio:

1 día.

Trabajo público y personal

El tiempo que haga falta.

Sindicales o de representación

Establecido por la norma.

Permisosretribuidos:


Matrimonio

15 días.

Nacimiento hijo, fallecimiento,accidente,enfermedad grabe

2 días y 4 si es muerte.

Lactancia de hijos- menor de 9 meses

Hora.

Nacimiento hospitalizados

Reducir la jornada máximahoras.Cuidar a un menos de  12 años, discapacitados, que no hagan una actividad laboral  retribuida y que sea familiar hasta segundo grado por edad, accidente o enfermedad y no se valga por sí mismo: se reduce hasta un octavo y la mitad de la jornada laboral.

Víctimas de género

Reducen su jornada disminuyendo su proporción de salario.

Otros permisos:


Acudir a exáMenes.Trabajadores con menos de un año de antigüedad en la empresa:

  tienen derecho a 20 horas al años de FP para empleo.

Xcada 3 meses desplazamiento:

4 días en su casa.

Flexibilidad contractual:

variar el número de trabajadores en función del trabajo de la empresa.

Flexibilidad laboral:

acortar la vida de trabajo en situación de crisis como medida para rejuvenecer la plantilla con jubilación parcial.

Flexibilidad salarial:

adoptar la retribución a la productividad  y actividad.

Flexibilidad en tiempo de trabajo:

modificar las horas de trabajo por productividad o intereses de los empleados.

Flexibilidad productiva:

dirigir la empresa en otras de menor tamaño, o repartir el trabajo contratando otras empresas.

Causas


Que exista una razón técnica de organización que la justifiquen y será el tiempo imprescindible para su atención.

Efectos sobre el trabajador

Descendente:
Se acepta cuando se reparte la dignidad profesional.

Ascendente:

tiene derecho a solicitar el salario del grupo profesional superior.

Modalidad geográfica:

el trabajador tiene que trabajar en un centro distinto al que pone su contrato.

Suspensión del contrato de trabajo:

es una interrupción temporal del contrato.

Causas de suspensión con reserva al puesto de trabajo: Excedencia forzosa

: elección para un cargo público que no te deje ir al trabajo.

Cargo público representativo o funciones sindicales de ámbito provincial:

el trabajador se reincorpora al trabajo en un máximo de 30 días de trabajo.

Incapacidad permanente

te reserva el puesto durante 2 años desde la fecha de la incapacidad permanente.

Incapacidad temporal

situación en la que el trabajador está impedido para ir a trabajar, derecho a la huelga:
sigue de alta en la seguridad social sin cotizar y no tiene derecho a prestación por desempleo ni paga de incapacidad temporal.

Suspensión disciplinaria de empleo y sueldo:

por comisión de faltas laborales.

Suspensiones sin reserva del puesto de trabajo:


Mutuo acuerdo de trabajador y empresario, Causas escritas en el contrato, Excedencia voluntaria

Solicitada por el trabajador con antigüedad de al menos un año y duración no + de 4 meses.


Suspensión por causas económicas:

Los trabajadores pueden reclamar en el juzgado social que declara la mediad justificada o injustificada.

Suspensión por fuerza mayor:

el empresario puede suspender el contrato e iniciar el expediente de tramitación en el que aporte las pruebas, lo comunicara a los representantes de los trabajadores en 5 días desde la solicitud.

Excedencias por motivos familiares:

Atender al cuidado de hijos, Atender al cuidado de un familiar.

Suspensiones para conciliar la vida familiar y laboral:


Maternidad:

madre tiene 16 semanas sin trabajo que se amplían a 2 semanas por parto de más de un hijo.

Adopción o acogimiento:

de – 6 años o si es discapacitado -18 (16 semanas in interrumpidas).

Riesgo durante embarazo y lactancia de un menor de 9 meses:

cuando perjudiquen a la madre o al feto lactante.

Despido procedente:

acreditado el cumplimiento dirigido al empresario.

Despido improcedente:

no quedan acreditados los motivos dirigidos por el empresario o no se han cumplido.

Despido nulo:

es notificado durante la suspensión del contrato por maternidad.

Trabajadores embarazados:

desde la fecha de embarazo hasta la baja por maternidad.

Víctimas de violencia de género,Trabajadores tras su reintegración:

al trabajo después de finalizar los periodos de suspensión.

Que tenga móvil algunas causas de discriminación prohibida.Despido por causa objetivas:

Causas:


Ineptitud del trabajador,Falta de adopción del trabajador a las modificaciones técnicas del puesto de trabajo,Faltas de asistencia al trabajo,Insuficiencia, Falta de presupuesto para ejecución de planes y programas públicos.

Despido colectivo:

Causas:


empresario extingue los contratos de una parte importante de la plantilla de trabajadores.

Forma:

a través de expediente de regulación de empleo.

Constitución de la comisión  representativa de los trabajadores:

en Max de  7 o 15 días según si el centro tiene o no representantes de trabajadores.

Comunicación formal del inicio del perito de consultas:


Contenido mínimo de lacomunicación



Causa despido, Número y clasificación profesional de trabajadores,Periodo de preaviso para la realización de los despidos, Criterio para la designación de trabajadores afectados, Copia de comunicación de intención de iniciar el procedimiento del despido.
Comisión representativa de los trabajadores que integra la comisión negociadora  o falta de constitución.
).

Finiquito liquidación de haberes:

es un recibo donde se recoge cantidades al trabajador.

Principales obligaciones de empresas y trabajadores:


Inscripción de empresa y cobertura de riesgos:

es inscribir a la empresa y concertar lo que te cubre de contingencia profesionales con la entidad gestora o mutua.

Afiliación y alta:

incorporar por primera vez al trabajador a la seguridad social, dándole número de afiliación.

Baja y variación de datos:

comunicar cunado acaba la relación laboral o la actividad empresarial.

Obligación de cotización:

al iniciar la actividad laboral y termina cuando cese el trabajo.

Incapacidad temporal:


Situaciones peligrosas:

Contingencias comunes; enfermedades.

Contingencias profesionales

Accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Requisitos para ser beneficiario:

estar dado de alta, o en situación asimilada al hechocausante.

Enfermedad común:

tener 180 días cotizados en los 5 años anteriores.

Duración

Con accidente 365 días prorrogables (por 180 cuando este de alta médica).
Al finalizar el periodo en 3 meses se examina el estado del incapacitado permanentemente.

Lesiones permanentes no invalidantes:

son lesiones, mutilaciones, deformidades causadas por accidente de trabajo y enfermedades profesionales.

Subsidio por desempleo:


no rechazan una oferta por desempleo, ni se niegan a participar salvo, causa justificada, en acciones formativas.

Carecen de rentas mensuales

Superiores al 75% del SMI sin la parte proporcional de pagas extras.

Prestación contributiva por desempleo:

la reciben los que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo por el cese definitivo de su trabajo.

Entradas relacionadas: