Apuntes de FOL grado superior

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LA EXCEDENCIA:


un caso especial de suspensión del contrato de trabajo es la excedencia;
En la situación de excedencia se libera al trabajador de las obligaciones de prestar sus servicios y al empresario de remunerar el trabajo. Por regla general en la suspensión del contrato se reserva el puesto de trabajo, mientras que en la mayor parte de los casos la excedencia no reserva el puesto.

TIPOS DE EXCEDENCIA:-Excedencia forzosa


.Motivo

: -por designación o elección para un cargo publico que imposibilite la asistencia al trabajo.-para ejercer funciones sindicales de ámbito provincial o superior.

.Duración

-mientras dure el ejercicio del cargo representativo..

Implicaciones

:-el periodo de excedencia computa a los efectos de antigüedad.-reserva del puesto de trabajo; el reingreso debe solicitarse dentro del mes siguiente al cese en el cargo publico..

–Excedencia voluntaria

.

Motivo

-necesidad del trabajador y de forma voluntaria.

.Duración

-los trabajadores con una antigüedad en la empresa de al menos un año tienen derecho por un plazo no menor a 4 meses ni superior a 5 años.-se puede volver a ejercer este derecho si han transcurrido 4 años desde el final de la anterior excedencia.

.Implicaciones

-el periodo de excedencia no computa a los efectos de antigüedad.-no genera derecho de reserva al puesto de trabajo; solo tiene derecho preferente sobre las vacantes de igual o similar categoría a la suya que se produjeran en la empresa.

–Excedencia por el cuidado de un hijo o familiar:

.

Motivo:

Para atender el cuidado de un hijo,por naturaleza o por adopción, o en los supuestos de acogimiento. –para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida

. Duración

-hijos hasta de 3 años desde su adopción, nacimiento o acogimiento.-familiar, la duración no puede ser superior a 2 años, salvo que se establezca una duración mayor en la negociación colectiva.

.Implicaciones

--computa a los efectos de antigüedad;en el caso de la excedencia para el cuidado de un hijo; los dos primeros años se consideran cotizados a efectos de seguridad social.-tiene derecho a la asistencia a cursos de formación profesional a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.-durante el primer año se reserva el puesto de trabajo, pasado este plazo solo tiene derecho a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente..

EL DESPIDO Y SU Tipología:

El despido es el acto por el cual el empresario rompe la relación laboral, amparándose en una causa legalmente establecida.Existen diferentes tipos de despido: por causas objetivas, despido colectivo y despido por fuerza mayor.

Despido disciplinario

Es el aquel que se basa en incumplimientos graves y culpables del trabajador, que posibilitan que el empresario rompa la relación laboral sin que se genere derecho a indemnización del trabajador.

Causas del despido disciplinario



Las faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o asistencia al trabajo.

La indisciplina o desobediencia.

Las ofensas verbales o físicas al empresario o a  las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.

La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.

La embriaguez habitual o toxicomanía si afectan negativamente al trabajo.

El acoso por razón de origen racial o étnico, religioso o de convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y el acoso sexual por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajen en la empresa.

Requisitos:


-De forma

El despido deberá notificarse al trabajador por escrito (carta de despido), debiendo constar los hechos concretos que lo motivan y la fecha en la que tendrá efecto.

De fondo

Los incumplimientos del trabajador deben ser graves y culpables.

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